El número de prestaciones para cuidar hijos enfermos bajó el 1,9 % en 2013

  • El Ministerio de Empleo y Seguridad Social reconoció en 2013 las prestaciones por hijos con cáncer u otras enfermedades graves a 1.126 padres trabajadores, lo que supone el 1,9 % menos que en 2012, según los últimos datos difundidos por este departamento.

Madrid, 14 feb.- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social reconoció en 2013 las prestaciones por hijos con cáncer u otras enfermedades graves a 1.126 padres trabajadores, lo que supone el 1,9 % menos que en 2012, según los últimos datos difundidos por este departamento.

No obstante, el número de procesos vigentes a 31 de diciembre alcanzó 1.506, un 28 % más que en 2012.

La Seguridad Social destinó al pago de estas prestaciones un total de 21,7 millones de euros en 2013, el 43,5 % más, lo que el Ministerio explica en la mayor duración de los procesos.

La media para las prestaciones ya finalizadas es de 330 días, aproximadamente 11 meses, lo que supone un incremento respecto al ejercicio 2012 de 5 meses.

El 97,6 % del gasto ha sido gestionado por las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional de la Seguridad Social, que han reconocido 1.087 nuevas prestaciones, y el 2,4 % por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y el Instituto Social de la Marina (ISM) que han reconocido 39 prestaciones.

Las comunidades autónomas en las que se reconocieron el mayor número de nuevas prestaciones por hijos con cáncer u otras enfermedades graves fueron Madrid (264), Cataluña (231) y Andalucía (144).

La Ley General de la Seguridad Social y el Estatuto de los Trabajadores establecen los principios por los que se reconoce esta prestación de la Seguridad Social que entró en vigor hace tres años con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011.

El subsidio se calcula sobre el 100 % de la base reguladora establecida para la prestación por incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales, y se pueden beneficiar de este subsidio los trabajadores afiliados y en alta que reduzcan su jornada de trabajo al menos el 50 %.

La prestación se extingue cuando cese la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del menor o cuando éste cumple 18 años.

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