El Supremo archiva la querella de Ferrín Calamita contra un magistrado del Tribunal Superior de Murcia

  • Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el archivo de la querella del juez Fernando Ferrín Calamita, condenado por el Alto Tribunal a 10 años de inhabilitación por retrasar la adopción de una menor que solicitó la compañera sentimental de la madre biológica, contra un magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.

El Supremo archiva la querella de Ferrín Calamita contra un magistrado del Tribunal Superior de Murcia
El Supremo archiva la querella de Ferrín Calamita contra un magistrado del Tribunal Superior de Murcia

Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado el archivo de la querella del juez Fernando Ferrín Calamita, condenado por el Alto Tribunal a 10 años de inhabilitación por retrasar la adopción de una menor que solicitó la compañera sentimental de la madre biológica, contra un magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del Supremo en un auto, en el que desestima el recurso de Ferrín Calamita contra la resolución del Alto Tribunal que archivó esta querella por un delito de prevaricación el año pasado "por no ser constitutivos de delito los hechos objeto de la misma".

Ferrín Calamita fue condenado por el TSJ de Murcia a dos años, tres meses y un día de inhabilitación por un delito de retardo malicioso en la administración de Justicia con la agravante de desprecio de la orientación sexual.

Posteriormente, el Supremo elevó esta pena a diez años de inhabilitación por un delito de prevaricación judicial no continuado, por el que le impuso además una multa de 720 euros y una indemnización de 6.000 euros para la mujer que adoptó a la menor, al estimar parcialmente los recursos de la Fiscalía y las perjudicadas.

El ex juez de Familia de Murcia se querelló contra el magistrado del TSJ de Murcia instructor de esta causa, Manuel Abadía, al estimar que podía haber prevaricado al continuar con la instrucción del procedimiento pese a que en una de sus primeras resoluciones afirmó no apreciar indicios de delito en su actuación.

Al respecto, el Supremo concluyó que "tanto una como otra resolución coinciden en su parte dispositiva, por lo que no puede afirmarse que se hubiese producido un cambio de postura".

"Resulta obligada una detenida lectura de las resoluciones dictadas por el querellado que se dicen prevaricadoras y se alcanza una visión de lo acontecido que no coincide con lo que se argumenta en defensa de la querella", añadía el auto.

Ahora el Supremo destaca que en el recurso de Ferrín Calamita se vuelven a reiterar los argumentos contenidos en la querella, por lo que el Alto Tribunal lo rechaza "a la vista de que tales alegaciones no desvirtúan las razones y fundamentos jurídicos tenidos en cuenta al dictar la resolución recurrida".

Añade que no hay en la querella ningún hecho susceptible de justificar la iniciación del proceso penal.

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