El supremo condena al pp de manises por incluir la imagen de un menor en un video electoral


La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha condenado a los PP de Manises (Valencia) a pagar una indemnización de 2.000 euros a un menor por utilizar su imagen en un video para las elecciones municipales de 2007 al concluir que los populares vulneraron el derecho a la propia imagen del niño.
Los magistrados de la Sala de lo Civil, presididos por Juan Antonio Xiol Ríos, han confirmardo la condena impuesta en instancia al PP y han desestimado su recurso. El Supremo considera que en ningún caso hubo consentimiento de los padres para la utilización de las imágenes de su hijo y que a pesar de ser tomadas en un lugar público, la inauguración de una escuela, no se puede considerar derivada de un acto informativo ya que lo relevante es que esa imagen se utilizó posteriormente por el partido en su campaña para promocionarse y procupar el voto en las elecciones. Los responsables del video si podrían haber usado la imagen de la escuela pero obviando la aparición de un menor.
La demanda fue presentada por el padre del menor de edad al comprobar que el partido había utilizado unas imágenes en las que aparecía su hijo en la inauguración de una escuela. Los padres dieron el consentimiento para que se grabara las imágenes pero solo aceptaron que aparecieran como fuente informativa y en presencia de una educadora. Estas imágenes fueron tomadas por el Canal 13, que grabó el video en el que aparecía el niño y que reconoció en la figura de su directora que las imágenes se cedieron al PP de Manises. Con esta grabación el partido elaboró un video promocional de quince minutos donde aparecía el hijo del demandante incurriendo de esta forma en una intromisión ilegitima en la imagen del menor.

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