El supremo eleva la condena a pacheco por contratar irregularmente a compañeros de partido en empresas municipales de jerez


El Tribunal Supremo eleva a cinco años y seis meses de prisión la condena al exalcalde de Jerez de la Frontera (Cádiz) Pedro Pacheco por al contratación irregular como asesores de dos compañeros de partido en empresas municipales. El Alto Tribunal le reprocha haber contribuido al descrédito de las instituciones públicas con su comportamiento.
La Sala de lo Penal condena a Pacheco y a los otros dos recurrentes por un nuevo delito, el de falsedad en documento oficial, y mantiene los de prevaricación y malversación de caudales públicos que le impuso la Audiencia Provincial de Cádiz, de cuatro años y seis meses de prisión y ocho de inhabilitación absoluta.
La Sala hace suyo el relato de hechos de la sentencia de instancia que declaró probado que el Pleno del Ayuntamiento de Jerez el 18 de enero de 2005, nombró al personal eventual de confianza de los partidos políticos que lo componían y, en concreto, designó a dos personas por parte del PSA.
El entonces teniente de alcalde, Pedro Pacheco, valiéndose de su puesto directivo en dos sociedades municipales y con la finalidad de conceder una prestación mensual a militantes de su partido, nombró como asesores a los otros dos condenados, sin contraprestación alguna, ordenando pagos por un total de 206.833 euros.
Unos nombramientos, según la sentencia, que trató de maquillar bajo la forma de contratos de asesoría o de naturaleza laboral utilizando las empresas municipales como si fueran suyas.
El Tribunal Supremo considera que Pacheco, con su conducta, causó un claro perjuicio para los intereses públicos de la colectividad en materia tan sensible como son los caudales públicos, pero también afirma que existió “un daño, no por inmaterial menos efectivo, y de claro contenido demoledor, constituido por la pérdida de confianza de la ciudadanía en sus instituciones”.
En este sentido, el Supremo recuerda que “nada lesiona más la credibilidad de los ciudadanos en sus instituciones que ver convertidos a sus representantes políticos en los vulneradores de la legalidad de la que ellos son los primeros custodios”.
La sentencia asevera que “causa sonrojo” la alegación de la defensa de que creía que actuaba correctamente y rechaza esa tesis en la medida ue el recurrente tiene titulación universitaria, ha sido jefe de un partido político y alcalde de Jerez de la Frontera.
El Alto Tribunal concluye que se está en una situación clara de fraude, hay deseo de proceder a la acción fraudulenta, la oportunidad de llevarla a cabo y la justificación dándole una apariencia de legalidad para buscar la impunidad.
En el caso de José López Benítez, la pena se eleva a dos años, diez meses y 15 días de prisión, cuando la sentencia se fijó en dos años y seis meses, porque firmó dos contratos. Para Manuel Valeriano Cobacho, la condena pasa de dos años y tres meses de prisión a dos años, siete meses y 15 días.

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