El TEDH fallará el día 21 sobre el recurso de España por la doctrina Parot

  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) fallará el recurso interpuesto por España contra la decisión de la corte europea que avaló excarcelar a la etarra Inés del Río y consideró que la doctrina Parot era contraria a dos artículos del convenio europeo de derechos humanos.

Madrid, 14 oct.- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) fallará el recurso interpuesto por España contra la decisión de la corte europea que avaló excarcelar a la etarra Inés del Río y consideró que la doctrina Parot era contraria a dos artículos del convenio europeo de derechos humanos.

Según han informado a Efe fuentes del Ejecutivo, el próximo lunes la Gran Sala del tribunal de Estrasburgo, integrada por 17 magistrados, tiene previsto emitir su resolución sobre el recurso de la Abogacía del Estado presentado en 2012 contra la decisión de la corte europea.

Entonces, el TEDH se mostró contrario a la doctrina Parot y exigió la puesta en libertad de la etarra, miembro del comando Madrid condenada a más de 3.000 años de prisión por 23 asesinatos, porque con la aplicación de este criterio el Estado había vulnerado dos artículos del convenio de derechos humanos.

Se trata de los artículos séptimo, que recoge el principio de legalidad y la "irretroactividad" de la ley penal desfavorable, es decir que el derecho penal sea interpretado de forma extensiva en detrimento del acusado, y del quinto, que consagra los derechos a la libertad y seguridad.

Además de su puesta en libertad, la corte europea impuso a España el pago a la terrorista de una multa de 30.000 euros por daños morales.

En octubre del pasado año, la Abogacía del Estado presentó ante el TEDH su recurso contra esta decisión argumentando que la doctrina Parot no se deriva de una modificación legislativa, sino que se trata de un criterio jurisprudencional sobre el sistema de ejecución de las penas del que nunca antes se ha pronunciado el TEDH, ya que es competencia de los Estados miembros.

Aunque el fallo de la gran sala solo dictaminará sobre Inés del Río, a efectos prácticos tendrá consecuencias en todos los presos a los que se les haya aplicado esta doctrina.

Una jurisprudencia -toma su nombre del etarra Henri Parot- que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que supone un alargamiento de la estancia en la cárcel.

Mostrar comentarios