El tribunal de la ue autoriza la venta de lentillas por internet


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido que los países miembros no pueden prohibir la comercialización y venta de lentes de contacto a través de Internet, al concluir que esta práctica es contraria a la libre circulación de mercancías y que “la salud de los consumidores debe protegerse mediante medidas menos restrictivas”.
La controversia jurídica resuelta por el Tribunal de la UE tiene su origen en Hungría, donde la legislación indica que las lentes de contacto sólo pueden comercializarse en tiendas de una superficie mínima de 18 metros cuadrados o en un local separado del taller. Además, en el marco de la venta de esos productos, se ha de recurrir a los servicios de un optometrista o de un médico oftalmólogo cualificado en materia de lentes de contacto.
En virtud de estas leyes, las autoridades húngaras prohibieron a la sociedad Ker-Optika, que comercializa lentes de contacto a través de su sitio de Internet, que continuara con su actividad.
La empresa interpuso un recurso contra la citada resolución de prohibición y el Tribunal del distrito de Baranya, que conoce del asunto, se dirigió al Tribunal de la UE para saber si el derecho de la Unión se opone a la normativa húngara.
En la sentencia hecha pública hoy, el tribunal con sede en Luxemburgo indica que la prohibición establecida en la normativa húngara priva a los operadores procedentes de otros estados miembros de “una modalidad particularmente eficaz de comercialización de esos productos y obstaculiza así considerablemente el acceso de dichos operadores al mercado húngaro”. Por consiguiente, la citada normativa constituye una restricción a la libre circulación de mercancías en la Unión Europea.
OFTALMÓLOGOS A DOMICILIO
La resolución señala en cambio que un estado miembro si puede exigir que las lentes de contacto sean entregadas por una persona cualificada que sea capaz de informar al cliente del uso correcto y del mantenimiento de esos productos así como de los riesgos que el uso de lentillas puede suponer.
Sin embargo, el Tribunal de la UE recuerda que esos servicios también los puede prestar el oftalmólogo fuera de las ópticas.
Además, la información y los consejos adicionales necesarios para el uso prolongado de las lentes de contacto pueden ser facilitados al cliente mediante los elementos interactivos que figuran en el sitio de Internet del proveedor o a través de un óptico cualificado designado para facilitar a éste, a distancia, dicha información.

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