El TS absuelve a una joven condenada por colaborar con anarquistas italianos

  • Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a la joven anarquista catalana Nuria Pórtulas, condenada a dos años y medio de cárcel por un delito intentado de colaboración con un grupo anarquista italiano, al estimar que no está probado que ésta contactara o intentara colaborar con organización terrorista.

El TS absuelve a una joven condenada por colaborar con anarquistas italianos
El TS absuelve a una joven condenada por colaborar con anarquistas italianos

Madrid.- El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a la joven anarquista catalana Nuria Pórtulas, condenada a dos años y medio de cárcel por un delito intentado de colaboración con un grupo anarquista italiano, al estimar que no está probado que ésta contactara o intentara colaborar con organización terrorista.

Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del TS en una sentencia, en la que estima el recurso de la anarquista contra la resolución dictada por la Audiencia Nacional en julio de 2009.

La Audiencia Nacional condenó a dicha pena a Pórtulas, detenida por estos hechos el 7 de febrero de 2007 en Girona, por intentar colaborar con un grupo anarquista italiano, proporcionándole información sobre instituciones públicas catalanas.

La Sala consideró probado que la actividad de la joven era una "tentativa inacabada" de colaboración porque la información que elaboró, "siquiera de modo simple", se limitó a averiguar "el nombre de una persona y las cámaras y vigilantes de tres organismos públicos", por lo que la información que se le encomendó efectuar "quedó incompleta".

En el juicio, Pórtulas admitió ser anarquista, pero aseguró que las anotaciones que tenía sobre determinados organismos en una libreta eran para hacer pintadas y colgar pancartas en sus fachadas.

Además, relató que cuando la detuvieron estaba llevando a cabo, junto a unos compañeros, una campaña de apoyo al anarquista Juan Antonio Sorroche, que se encontraba preso en Italia por delitos de daños de carácter terrorista.

Ahora el Supremo concluye que lo único que está acreditado es que la acusada contactó con un amigo que se dedicaba a realizar actos incendiarios con fines terroristas, sobre el que no consta que estuviera integrado en un grupo o en una organización terrorista.

"No obran en la causa datos que revelen la existencia de una estructura compleja con distribución de funciones y de tareas encauzadas a los fines de subvertir el orden constitucional o alterar gravemente la paz pública", añade.

Además, hace hincapié en que sentencias de la jurisdicción italiana absolvieron del delito de asociación subversiva con fines terroristas a la persona con la que contactaba la acusada, Juan Antonio Sorroche.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, concluye que con tales antecedentes jurisdiccionales "se incurriría en una contradicción en el caso de que, sin los elementos de prueba de primera mano con que contaron los tribunales italianos, concluyéramos afirmando sin prueba para ello que sí se dan los presupuestos fácticos de grupo u organización armada".

También recuerda que la conducta de Sorroche consistente en causar daños al incendiar bienes en vías públicas habría de integrarse en el artículo 577 del Código Penal, lo que se conoce como "terrorismo individual", que no requiere que el sujeto se halle integrado en una organización terrorista propiamente dicha.

Esta condena provocó varios actos y concentraciones de protesta, convocadas por la Asamblea de Apoyo a Nuria Pórtulas, al considerarla injustificada.

Así, el pasado 10 de abril dos jóvenes se colgaron del céntrico Pont de Pedra de Girona en solidaridad con la anarquista.

Mostrar comentarios