El TS traslada a pleno la decisión sobre la querella de Dívar por sus viajes

  • El Tribunal Supremo (TS) ha elevado a pleno la decisión sobre la querella interpuesta por la asociación Preeminencia del Derecho contra el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, por un posible delito de estafa derivado de los gastos de sus viajes a Marbella (Málaga).

Madrid, 11 jun.- El Tribunal Supremo (TS) ha elevado a pleno la decisión sobre la querella interpuesta por la asociación Preeminencia del Derecho contra el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Dívar, por un posible delito de estafa derivado de los gastos de sus viajes a Marbella (Málaga).

Así lo han acordado los cinco magistrados de la Sala de Admisión de Causas Especiales del alto tribunal -José Manuel Maza, Miguel Colmenero, José Ramón Soriano, Perfecto Andrés Ibáñez y Juan Saavedra-, que han considerado que, ante la relevancia del caso, debe ser un pleno jurisdiccional el que decida sobre la querella, han informado fuentes del alto tribunal.

Un pleno que se celebrará el próximo miércoles y al que asistirán catorce de los quince magistrados que componen la Sala de lo Penal, ya que no estará presente Francisco Monterde para evitar su contaminación, pues sería el instructor de la querella en caso de admitirse a trámite.

Preeminencia del Derecho presentó el escrito el pasado 31 de mayo después de que el Supremo acordara archivar la denuncia que esta asociación, representada por el abogado José Luis Mazón, interpuso previamente contra Dívar por estafa o apropiación indebida "o en su defecto por malversación", por considerar que los hechos denunciados debían ser motivo de una querella.

Tras criticar que la Ley Orgánica del Poder Judicial sólo exige querella cuando se trata de delitos imputables a jueces en el ejercicio de sus funciones, entre las que la asociación entendía que no entran "las cenas a dos de Puerto Banús", Preeminencia del Derecho volvió a remitirse en ella a los hechos relatados en la denuncia archivada.

De esta forma, también aludía a un posible delito de estafa, "al imputar a actos de servicio gastos que eran personales a lo largo de 20 fines de semana" entre 2008 y 2011.

Según los hechos que Preeminencia de Derecho trasladó a su nuevo texto, "el principio de que cada uno se paga sus fiestas fue roto en la conducta del presidente del Consejo General del Poder Judicial, desplazando los costes económicos, total o parcialmente, de sus fines de semana 'caribeños' a las arcas públicas".

Argumentos que rechazó, sin embargo, el teniente fiscal del alto tribunal Juan José Martín Casallo, que el pasado 21 de mayo archivó la denuncia del vocal del CGPJ José Manuel Gómez Benítez contra Dívar y que también se opuso, el pasado viernes, a la admisión a trámite de esta nueva querella porque estimaba que los hechos no son constitutivos de delito.

Insistía en su escrito dirigido a la sala segunda del TS en la dualidad entre "autoridad" y "funcionario público" a la que hace referencia el tipo penal de la malversación pública y señalaba que Dívar responde a la primera y no a la segunda.

"No porque su nivel de exigencia deba ser distinto entre uno y otro, ya que se trata siempre de la misma conducta (sustracción) que opera en todo caso sobre caudales o efectos públicos, sino porque la autoridad, como grado o jerarquía máxima de quienes ejercen funciones públicas, presenta, a diferencia del funcionario, unos límites más imprecisos, más borrosos", subraya el escrito.

Y en ellos, "a veces resulta muy difícil de separar o delimitar la actividad pública de la privada a efectos de establecer cuándo debe darse por terminada una para entender comenzada la siguiente", añadía el fiscal.

La posición de Martín Casallo cuenta con el aval del Fiscal General del Estado, Eduardo Torres-Dulce que, a la espera de lo que decida el Supremo, ha precisado que no hay delito porque Dívar pagó parte de sus gastos y porque la normativa del órgano de los jueces no exige justificar el motivo del viaje.

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