España prohibirá condonar la deuda a partidos y las donaciones de empresas

  • España prohibirá las donaciones de empresas a partidos políticos y que los bancos les puedan condonar las deudas que contraigan por sus préstamos, como elementos en favor de la regeneración democrática y contra la corrupción.

Madrid, 13 dic.- España prohibirá las donaciones de empresas a partidos políticos y que los bancos les puedan condonar las deudas que contraigan por sus préstamos, como elementos en favor de la regeneración democrática y contra la corrupción.

El Consejo de Ministros español aprobó hoy el proyecto de ley que controlará la actividad económico-financiera de los partidos y regulará el ejercicio de los altos cargos en la administración del Estado.

Se prohibirán completamente las donaciones de personas jurídicas a los partidos, que hasta ahora se permitían hasta un límite de cien mil euros anuales (unos 137.000 dólares).

El anuncio lo hizo a la prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, para quien la vía lógica de financiación de los partidos son las donaciones de personas físicas como consecuencia de su vinculación o compromiso político.

Asimismo, se suprimirá la posibilidad de que los bancos perdonen las deudas a los partidos, lo que modifica la actual normativa, que permite esa fórmula hasta un límite de cien mil euros (unos 137.000 dólares)

Se refuerza la obligación de los partidos de presentar su contabilidad al Tribunal de Cuentas y se prohíben las subvenciones a los que incumplan este deber.

También se regula la figura del tesorero o responsable de las cuentas de un partido político y se clarifica el régimen de sanciones, después de que algunos de ellos, pertenecientes a grandes partidos, hayan sido investigados por la Justicia por actividades supuestamente irregulares.

El caso más reciente es el del que fue tesorero del ahora gobernante PP, Luis Bárcenas, en la cárcel e imputado por cohecho, blanqueo de capitales y falsedad en documento mercantil, entre otros delitos.

En lo relativo a los altos cargos de la administración, el proyecto aprobado hoy prevé que ninguno pueda serlo si ha sido condenado por delitos contra las instituciones.

No podrán ser nombrados altos cargos los condenados a penas privativas de libertad o quienes estén inhabilitados por la ley concursal, sanción penal o administrativa, ni tampoco los condenados por infracciones graves de la Ley de Transparencia o por delitos contra las instituciones y las administraciones públicas, incluido el terrorismo.

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