Garzón recurre al constitucional por "falta de imparcialidad” del supremo


El juez Baltasar Garzón ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, en el que asegura que el Tribunal Supremo ha vulnerado su derecho fundamental a un proceso con todas las garantías, al permitir que el magistrado Manuel Marchena forme parte de la sala que le va a juzgar por haber ordenado grabar las conversaciones que mantuvieron en la cárcel los principales imputados en la trama de corrupción del “caso Gürtel” y sus abogados.
Garzón ha acudido al Constitucional después de que el Supremo rechazase por unanimidad en diciembre pasado la recusación presentada contra Marchena.
El antiguo juez de la Audiencia Nacional recusó a este magistrado al considerar que ha perdido la “imparcialidad objetiva” necesaria para formar parte del tribunal que le va a juzgar por las escuchas de la “Gürtel” en un juicio que, en principio, se iniciará el 17 de enero.
IMPARCIALIDAD Y PREJUICIOS
Garzón sostiene que Marchena ha perdido la “imparcialidad” por ser el instructor de la causa abierta contra él por los cobros que pudo haber percibido por los cursos que impartió en la Universidad de Nueva York entre los años 2005 y 2006, un caso en el que está imputado por delitos de cohecho y prevaricación.
El recurso presentado en el Constitucional, de 61 folios, señala que la presencia de Marchena en el tribunal supone la vulneración de su “derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial” y porque el magistrado “alberga severos prejuicios” contra Garzón.
El juez suspendido cuatelarmente asegura que Marchena tiene “determinados y precisos prejuicios sobre su culpabilidad, todo lo cual quiebra su necesaria y debida imparcialidad objetiva, inhabilitándole para formar parte del tribunal que ha de enjuiciar”.
Por todo ello, Garzón solicita al Constitucional que, “de manera inmediata”, decrete la suspensión del auto dictado por el Tribunal Supremo el pasado 13 de diciembre, con el que se rechazó la recusación de Marchena.
CINCO MAGISTRADOS RECUSADOS
El Tribunal Supremo, a pesar de rechazar la relativa a Marchena, sí aceptó la recusación presentada por Garzón contra cinco magistrados de la Sala de lo Penal, que han sido apartados del tribunal que juzgará al juez suspendido por las escuchas de la “Gürtel”.
De esta forma, han sido apartados del juicio el presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y los magistrados Julián Sánchez Melgar, Perfecto Andrés Ibáñez, José Manuel Soriano y José Manuel Maza.
Garzón ha recusado asimismo en esta misma causa al magistrado Luciano Varela en un escrito presentado la semana pasada. El juez ha recusado a Varela al entender que ha perdido su imparcialidad por haber sido el instructor de la causa abierta contra él por su investigación de la memoria histórica.
Esta recusación, que todavía no ha sido tramitada, puede llevar al Supremo a aplazar el juicio que iba a celebrar contra Garzón por las escuchas de la “Gürtel”, cuyo inicio estaba previsto para el 17 de enero. Esta circunstancia puede provocar que Garzón sea juzgado primero por su investigación de los crímenes del franquismo, cuya vista oral está previsto que arranque el 24 de enero.
PREVARICACIÓN
El magistrado, suspendido cautelarmente en sus funciones, está acusado en la causa por las escuchas de la “Gürtel” de delitos de prevaricación y de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales y se enfrenta a penas de hasta 17 años de inhabilitación.
El instructor del caso, el magistrado Alberto Jorge Barreiro, decidió abrir juicio oral contra Garzón en un auto dictado el pasado 11 de abril.
El instructor aseguró en esa resolución que Garzón "decidió acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales" entre los principales imputados del "caso Gürtel" y sus abogados y "le resultó indiferente que el contenido de las conversaciones no tuviera otro contenido que aspectos nucleares sobre las estrategias de defensa".
El objetivo del magistrado de la Audiencia Nacional era "obtener información de relevancia para el proceso que no tenía la seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos".
Esto provocó, a juicio de Barreiro, que Garzón, la Policía y la Fiscalía “tuvieran acceso de este modo a información relevante con anterioridad a que los imputados prestaran nueva declaración en el proceso”. De esta forma, “accedieron indebidamente a las estrategias de defensa establecidas entre los internos y sus abogados”.

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