La AEPD multa con 150.000€ al militar de 'la manada' por la grabación a la víctima

  • Protección de Datos estima que Alfonso Jesús Cabezuelo publicó uno de los vídeos que muestran los abusos sexuales contra la joven en los Sanfermines
Fotografía de Alfonso Jesús Cabezuelo, el militar de 'La Manada'.
Fotografía de Alfonso Jesús Cabezuelo, el militar de 'La Manada'.
EFE.

La Agencia de Protección de Datos entra de lleno en la causa contra 'la manada'. La AEPD ha redactado una resolución de expediente para imponer una sanción de 150.000 euros al miembro del grupo Alfonso Jesús Cabezuelo por difundir uno de los vídeos que grabaron a la víctima en el que se muestran los abusos sexuales contra la joven. Cabezuelo también fue condenado a nueve años de prisión por el caso de los Sanfermines de 2016, en una sentencia que está recurrida al Tribunal Supremo. 

Tal y como adelanta 'El Confidencial', la resolución señala que queda acreditado que los hechos "sobre los que versan las denuncias, y que constituyen el presupuesto fáctico de una presunta infracción de la normativa de protección de datos de carácter personal" con respecto a la grabación realizada por el que fuera miembro del Ejército de Tierra en la noche de autos. Según la agencia, el militar incumplió la Ley Orgánica de la Protección de Datos por publicar las grabaciones en los que se muestran los hechos.

Ante esta resolución, el abogado de Cabezuelo, Agustín Martínez, ha indicado a Europa Press, que todo constituye un "absoluto esperpento" pues está basado en una "falsedad" y que en los próximos días presentará alegaciones y no descarta "tomar otras medidas legales".

Para Martínez, es "completamente falso" que se haya difundido cualquier vídeo grabado por su cliente o cualquier otro miembro de 'La Manada' toda vez que ha asegurado que estos vídeos "fueron borrados de manera inmediata" y que fueron recuperados "únicamente" por la Policía Foral de Navarra para la instrucción de la causa.

Asimismo, el letrado ha señalado que es un "despropósito" que la Agencia de Protección de Datos base su resolución "en una sentencia" que "está siendo recurrida" y la cual "la ha conseguido a través de un periódico". "No ha tenido ni la deferencia de pedirla por los canales oficiales lo que supone una chapuza total", ha abundado.

Con todo, Martínez ha censurado que iniciar un procedimiento "que trate sobre unos hechos que fueron juzgados y están siendo recurridos al Tribunal Supremo es un absoluto incumplimiento 'non bis in ídem' -principio por el que un acusado no puede ser enjuiciado dos veces por los mismos hechos-".

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