Ley de Seguridad Nacional vs. 155: el día después de declarar la independencia

  • Los expertos coinciden en que debería haberse aplicado antes el artículo 155, si bien apuntan que ya se ha hecho de facto con el control económico.
El discurso del Rey
El discurso del Rey

"Las intervención del Rey no ha sido casual y sus palabras dejan claro el respaldo de la jefatura del Gobierno para que este use todas las armas para defender el Estado. En estos momentos, y teniendo en cuenta que puede producirse una declaración unilateral de independencia en cuestión de días, la ley de Seguridad Nacional es el instrumento más efectivo a tal efecto porque se pondría en marcha en 24 horas a través de un decreto ley". Son palabras de Rafael Calduch, catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Complutense de Madrid.

 

¿Por qué mejor la ley de Seguridad Nacional que el art 155? En primer lugar por rapidez. "Ante este desafío, el Estado no puede tardar en responder días como ocurriría con el artículo 155, que necesita un acuerdo parlamentario, lo que no es fácil teniendo en cuenta la postura del PSOE al respecto. La ley de Seguridad Nacional es competencia del Gobierno. Con ella no hace falta centralizar todo el funcionamiento de la Administración, sino que da la posibilidad de tomar el control de los Mossos, el sistema de sanidad publica, emergencias... En cuanto el Gobierno de la Generalitat declare la independencia quedaría sin competencias ejecutivas", señala el experto.

El Rey, que nadie olvide que también es jefe de las Fuerzas Armadas, ha dejado claro que la postura del Govern es "de una deslealtad inadmisible", y ha llamado expresamente a "restaurar el orden constitucional". El Gobierno cuenta pues con la aprobación de la Jefatura del Estado para preservar la unidad nacional. 

Carlos Vidal, catedrático de Derecho Constitucional de la UNED, también ve factible aplicar la ley de Seguridad Nacional. De hecho, su ambigüedad en estos momentos posibilita su uso. "El Gobierno tiene esa competencia para preservar la seguridad y es la herramienta para recuperar el control de los Mossos". Vidal es más partidario del artículo 155, que considera que se podría aplicar en no más de cinco días, ya que el PP tiene mayoría en el Senado, aunque en este sentido hay dudas en el ámbito jurídico. "Otorgaría más seguridad jurídica, pero dados los acontecimientos es probable que se aplique la Ley de Seguridad Nacional porque es un proceso más ágil y rápido".

La ley de Seguridad Nacional especifica que será un instrumento en manos del Estado "en situaciones de crisis graves (de hecho se pensó en un inicio para ser empleada en catástrofes graves) y se aplica cuando el hecho requiere la coordinación de competencias y de todos los recursos por parte del Estado. Asimismo proporciona al Estado la autoridad para coordinar todos los recursos humanos a su alcance". Una vez asumidos deberá informar al Congreso de la evolución de la situación. 

Los expertos coinciden al señalar que el Gobierno debería haber aplicado antes el art 155 "de hecho Montoro lo aplicó a la hora de controlar el destino de los gastos de la Generalitat", señala Calduch. "En cuanto la Generalitat, cesó al jefe de los Mossos con una clara intención; debería haberse puesto en marcha", destaca Vidal. ¿Por qué no se hizo? Política. Rajoy no cuenta con los apoyos suficientes y a medio plazo podría haberle pasado factura.

La ley de Seguridad Nacional y las palabras del Rey

El preámbulo de la Ley de Seguridad Nacional deja claro que el término "Seguridad Nacional se entiende como la acción del Estado dirigida a proteger la libertad y el bienestar de sus ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales". Por eso, las palabras del Rey llamando a restaurar el orden constitucional y citando casi textualmente este texto son claves, así como en las que señalaba que las autoridades de la Generalitat "se han situado al margen del derecho y la democracia". El Rey dejó claro que "es responsabilidad de los legítimos poderes del Estado asegurar el orden constitucional, el normal funcionamiento de las instituciones, la vigencia del Estado de Derecho y el autogobierno de Cataluña, basado en la Constitución y el Estatuto".

En la ley de Seguridad Nacional se especifica que "la situación de interés para la Seguridad Nacional es aquella en la que, por la gravedad de sus efectos y la dimensión, urgencia y transversalidad de las medidas para su resolución, requiere de la coordinación reforzada de las autoridades competentes en el desempeño de sus atribuciones ordinarias, bajo la dirección del Gobierno". Este deberá especificar la definición de la crisis, el ámbito geográfico del territorio afectado, la duración y, en su caso, posible prórroga y el nombramiento, en su caso, de una autoridad funcional, y la determinación de sus competencias para dirigir y coordinar las actuaciones que procedan. En la ley se especifica también que tendrá a su servicio al CNI.  

La Declaración de situación de interés para la Seguridad Nacional supondrá también la obligación de las autoridades competentes de "aportar los medios humanos y materiales necesarios que se encuentren bajo su dependencia, para la efectiva aplicación de los mecanismos de actuación. El Gobierno, asimismo, informará inmediatamente al Congreso de los Diputados de las medidas adoptadas y de la evolución de la situación de interés para la Seguridad Nacional". Rajoy tiene un arma para usar el mismo día que Puigdemoent declare la independencia.

El artículo 155

El artículo 155 tiene "la capacidad de retirar temporalmente, (aunque siempre se habla de suspender), la autonomia de una Comunidad durante el plazo que estipule el Senado. Entre esas competencias que pueden ser asumidas por el Estado están los Mossos. Se puede aplicar si la comunidad no cumple las obligaciones que la Constitución u otras leyes les imponen o en el caso de que se atente gravemente contra el interés general de España". Lo ocurrido en Cataluña cumple estos extremos, pero el problema es el procedimiento. El Gobierno debe hacer un requerimiento de cumplimiento forzoso al presidente de la comunidad autónoma. Expertos consultados consideran que se podría dar un plazo de 24 horas para una respuesta. De no ser atendido debería contar con la mayoría absoluta del Senado para obligar a dicho cumplimiento.  

El procedimiento que regula el Senado exige que el Gobierno envíe al presidente de la Cámara una propuesta con las medidas concretas que plantea y que deben ser debatidas en la Comisión General de Comunidad Autónomas, que debe pedir al presidente autonómico afectado, en este caso Carles Puigdemont, poner sobre la mesa las alegaciones que considere oportunas. La propuesta final deberá votarse en el Pleno, donde el PP tiene mayoría absoluta. Como se ve el procedimiento es más trabajoso e impediría una respuesta contundente e inmediata al reto de la declaración unilateral de independencia.

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