Los GPS en los coches de la Guardia Civil "controlan" la "posición" de los agentes, pero "no consta" que se usen para vigilarles

    • Protección de Datos solo impone una sanción leve a la Dirección General por no comunicar su instalación a los funcionarios
    • El denunciante, un guardia de Burgos, recurre la decisión porque los dispositivos se utilizaron para abrirle un expediente
La Agencia de Protección de Datos asegura que los GPS "emiten señales que controlan la hora de puesta en marcha y parada, recorrido efectuado, paradas intermedias, lugares exactos de situación y, en definitiva, su localización efectiva".
La Agencia de Protección de Datos asegura que los GPS "emiten señales que controlan la hora de puesta en marcha y parada, recorrido efectuado, paradas intermedias, lugares exactos de situación y, en definitiva, su localización efectiva".

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) da un toque de atención a la Dirección General de la Guardia Civil, aunque suave. A través de una resolución emitida el pasado 23 de enero, entiende que la decisión de instalar dispositivos GPS en algunos vehículos oficiales sin comunicárselo a los agentes contraviene el artículo 5.1 de la Ley de Protección de Datos, pero añade que se trata de una "infracción leve".

"Ha quedado acreditado que la entidad denunciada (Dirección General) recababa datos personales de sus agentes, a través de los dispositivos GPS, sin facilitarles la información", señala el escrito de la agencia, emitido tras la denuncia presentada el 1 de agosto de 2012 por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC).

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La resolución da al Ministerio del Interior un mes de plazo para tomar "las medidas de orden interno" necesarias para que no vuelva a producirse esta infracción, lo cual podría traducirse en la redacción y envío de un comunicado interno dirigido a los funcionarios para informarles de que se han instalado los GPS.

La decisión de Protección de Datos da la razón al denunciante en este punto, pero no en lo más sustancial, ya que niega que existan pruebas para concluir que los dispositivos se colocaron con el fin de vigilar a los agentes. "No consta acreditado que la Dirección General haya utilizado la información obtenida a partir de los GPS para el control laboral de los trabajadores", reza la resolución. "Esa alegación debe ser desestimada", subraya.Almacenamiento permanente

Sí ha abierto la agencia un nuevo expediente para verificar que el Ministerio lleva a cabo los requerimientos solicitados. Según la AEPD, los aparatos graban "la posición del agente en todo momento, la matrícula del coche oficial, la velocidad de los vehículos y el recorrido de los mismos". Toda esa información, explica el fallo, se "almacenan de modo permanente" en la base de datos de la Dirección General.

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"Estamos ante un tratamiento automatizado de datos de carácter personal, porque es posible, sin un esfuerzo desproporcionado, asociar la posición de los vehículos oficiales, su localización, con los miembros de la Guardia Civil que estén haciendo uso de ellos, su identidad", subraya el escrito. "Los dispositivos instalados en los coches oficiales emiten señales que controlan la hora de puesta en marcha y parada, recorrido efectuado, paradas intermedias, lugares exactos de situación y, en definitiva, su localización efectiva", lo que da lugar –añade– a la obtención de "datos del lugar en que se encuentra cada una de las personas".

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La denuncia contra la Dirección General fue interpuesta por un miembro de AUGC después de conocer que se le había abierto un expediente basado en la localización proporcionada por su GPS. Este mismo agente, de hecho, ya ha recurrido la decisión de la Agencia de Protección de Datos ante el propio director del organismo, que decidirá ahora si admite o no la protesta.

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