Santiago de Compostela, 27 nov.- El Juzgado de Instrucción número 13 de A Coruña ha condenado a NCG Banco a devolver a un cliente coruñés 50.000 euros emitidos por Fenosa y comercializados por Caixanova.
Fuentes de los abogados que llevaron la causa resaltaron que esta sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, es una de las primeras que en Galicia condenan a una entidad por la comercialización de productos emitidos por terceros.
La demanda ha sido interpuesta por un cliente minorista coruñés "de perfil nítidamente conservador y ahorrador" y sin conocimientos financieros, por tanto, "apartado de las operaciones de riesgo".
En concreto, se facilita el detalle de que es un titulado superior universitario dedicado profesionalmente a la publicidad y a la comunicación, pero sin conocimientos en este aspecto.
El fallo considera, por ello, que la información sobre el producto, "claramente de alto riesgo", fue "deficiente", lo que determina la existencia de un error sustancial y excusable en el demandante, suficiente para la nulidad del contrato.
La sentencia puede ser apelada ante la Audiencia de A Coruña.
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