Otra sentencia del Supremo anula la reclamación de la Junta a Boliden

  • El Tribunal Supremo ha emitido una segunda sentencia en la que anula la decisión del Gobierno andaluz que reclamó 90 millones de euros a la multinacional sueca Boliden por los gastos derivados de la limpieza del vertido tóxico de Minas de Aznalcóllar, en abril de 1998.

Sevilla, 14 dic.- El Tribunal Supremo ha emitido una segunda sentencia en la que anula la decisión del Gobierno andaluz que reclamó 90 millones de euros a la multinacional sueca Boliden por los gastos derivados de la limpieza del vertido tóxico de Minas de Aznalcóllar, en abril de 1998.

La sala de lo Contencioso del Supremo, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma en todos sus extremos la decisión anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anuló un acuerdo del Consejo de Gobierno andaluz de 2004 que reclamó a tres empresas del grupo Boliden 89.867.545 euros.

Se trata de la segunda sentencia en el mismo sentido emitida por el Supremo, en este caso referente a la empresa Boliden BV, y se produce tras la emitida hace unos días respecto a Boliden Apirsa S.L., y previsiblemente en breve emitirá la tercera, en respuesta a Boliden AB.

La nueva sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Pilar Teso Gamella, cita los mismos razonamientos que la primera, pues en ambos casos "concurre identidad entre el procedimiento administrativo seguido y su culminación en el mismo acuerdo" de la Junta que, según el alto tribunal, no estaba habilitada para pedir el reintegro de los daños sufridos sin necesidad de acudir a los tribunales.

La rotura de la balsa de residuos de la mina vertió millones de metros cúbicos de metales pesados y lodos contaminados a los aledaños del parque natural de Doñana, en una de las mayores catástrofes ambientales de España que tampoco ha encontrado responsables en la vía penal.

En el año 2003 la Sección Sexta de la Audiencia había cerrado la vía civil para que la Junta reclamase a Boliden y había aconsejado recurrir a la vía contencioso-administrativa, por lo que esta nueva sentencia vuelve a recomendar acudir a la Sala de Conflictos para resolver cuál es la jurisdicción competente.

En cuanto a la vía penal, el juzgado de Sanlúcar la Mayor (Sevilla) y luego la Audiencia Provincial archivaron, en el año 2001, el proceso penal por presunta negligencia en el que estuvieron imputadas 21 personas entre técnicos de Boliden y de las empresas constructoras, así como funcionarios de la Junta y de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) que debían supervisar la presa minera.

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