Pedro Sánchez ha ganado la moción de censura a Rajoy, ¿ y ahora qué sucederá?

  • Tras el resultado el candidato presentado, en este caso el secretario socialista, se entenderá investido presidente de la Cámara.
Pedro Sánchez durante el debate de la moción de censura
Pedro Sánchez durante el debate de la moción de censura
EFE

Una vez aprobada la moción de censura, la presidenta del Congreso comunicará el resultado al Rey, y el Gobierno deberá presentar su dimisión al Monarca, según establece el artículo 114.2 de la Constitución. Y cuando el líder socialista tome posesión ante Felipe VI, deberá dar a conocer la composición de su gabinete para que se publiquen los nombramientos y los ministros puedan a su vez tomar posesión.

Se trata de la primera moción de censura que sale adelante en democracia, después de las tres presentadas en los últimos cuarenta años contra Adolfo Suárez, Felipe González y la primera que afrontó Mariano Rajoy el año pasado y que tuvo como candidato al líder de Podemos, Pablo Iglesias. También es la primera vez que el presidente del Gobierno no es diputado, por lo que no ha podido votarse a sí mismo, ni podrá hacerlo en el resto de plenos de la Cámara en lo que resta de legislatura.

El Rey Felipe VI recibirá a las 15.30 en el Palacio de la Zarzuela a la presidenta del Congreso de los Diputados, Ana Pastor, que le comunicará el resultado de la moción de censura contra Mariano Rajoy recién aprobada por la Cámara, que supondrá el nombramiento del socialista Pedro Sánchez como nuevo presidente del Gobierno, como marca el reglamento del Congreso.

La Constitución no deja dudas. Una vez aprobada la propuesta, el Gobierno debe presentar inmediatamente su dimisión al Rey y el candidato se "entenderá investido" por el Parlamento. Posteriormente, Felipe VI le nombrará presidente del nuevo Ejecutivo. Ahora Pastor deberá ahora trasladar al Rey la decisión del Congreso.

Este proceso automático se debe al carácter constructivo de la moción de censura, que ha proclamado el propio Sánchez durante las dos sesiones. El candidato no tiene por qué verse sometido a una nueva votación pues la propia moción ya implica el gozar de la confianza de las Cortes. 

En esta línea, el artículo 178 del Reglamento del Congreso apunta que el presidente del Congreso "cuando el Congreso de los Diputados aprobare una moción de censura, lo pondrá inmediatamente en conocimiento del Rey y del Presidente del Gobierno. El candidato a la Presidencia del Gobierno incluido en aquélla se considerará investido de la confianza de la Cámara, a los efectos previstos en el artículo 99 de la Constitución", reza el artículo.

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