Debido a sus cepas Covid

España prorroga las restricciones de viajes con Brasil y Sudáfrica al 8 de junio

Se considera justificado mantenerlas porque la situación epidemiológica y el impacto de las variantes vinculadas a esos países continua siendo muy elevado, según la orden del Ministerio de Presidencia.

Tres personas transportan su equipaje con carros en la terminal T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, en Madrid (España), a 15 de marzo de 2021. El Gobierno ha prorrogado hasta el próximo 30 de marzo la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles y los vuelos entre Brasil y la República de Sudáfrica y los aeródromos españoles. La orden, recogida este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fue aprobada en el Consejo de Ministros de este martes y prorroga las órdenes de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que, respectivamente, el Ejecutivo estableció medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio de las cepas de COVID-19. 15 MARZO 2021;BRASIL;SUDÁFRICA;AEROPUERTO;REINO UNIDO;VUELOS;VIAJES;TURISMO Ricardo Rubio / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 15/3/2021
España prorroga las restricciones de viajes con Brasil y Sudáfrica al 8 de junio
Europa Press

Mientras el turismo comienza a reactivarse, el Gobierno decidió prorrogar hasta el 8 de junio las restricciones de los vuelos entre Brasil y Sudáfrica y los aeropuertos españoles, con el fin de limitar la propagación y el contagio de las nuevas variantes del coronavirus, según publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE). Se considera justificado mantener las restricciones de vuelos con esos países porque la situación epidemiológica y el impacto de las variantes de especial preocupación vinculadas a esos países continua siendo muy elevado, según la orden del Ministerio de Presidencia.

El acuerdo establece que los vuelos procedentes de Brasil y Sudáfrica, con o sin escalas intermedias, únicamente se podrán llevar a cabo cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o a residentes en ambos sitios.

También a pasajeros en tránsito internacional a un país que no sea del espacio Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español. La orden establece, no obstante, algunas excepciones y habilita al Ministerio de Sanidad para poder levantar la restricción en cualquier momento por razones justificadas.

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