Senado mexicano determina eliminar el fuero militar en delitos contra civiles

  • El Senado de México aprobó hoy por unanimidad cambiar el Código de Justicia Militar con el fin de permitir que los integrantes de las Fuerzas Armadas que cometan cualquier delito contra ciudadanos puedan ser juzgados por tribunales civiles.

México, 24 abr.- El Senado de México aprobó hoy por unanimidad cambiar el Código de Justicia Militar con el fin de permitir que los integrantes de las Fuerzas Armadas que cometan cualquier delito contra ciudadanos puedan ser juzgados por tribunales civiles.

La Cámara alta aprobó en una sesión un dictamen, que aún deberá ser avalado por los diputados, que acota el fuero militar atendiendo a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2009.

Con estas modificaciones, de acuerdo con la iniciativa, los delitos del orden común o federal que sean cometidos por militares contra ciudadanos no serán juzgados por la Justicia castrense como actualmente ocurre, sino que deberán ser remitidos a los tribunales civiles.

El senador Alejandro Encinas, del izquierdista Partido de la Revolución Democrática (PRD), dijo en tribuna que el fuero militar ha sido un factor importante para garantizar la disciplina dentro de las Fuerzas Armadas, "pero también y de manera lamentable" generó un marco propicio para el abuso y la violación de derechos humanos.

De este modo, aseguró que ha habido un proceso de discusión muy amplio "para atender uno de los temas considerados tabú" en México y que el dictamen retoma ocho iniciativas que fueron presentadas en el Senado entre 2009 y 2013.

Asimismo, reconoció el trabajo realizado por organizaciones civiles y la disposición de las Fuerzas Armadas, "que en todo momento mantuvieron un diálogo abierto para el buen término de esta reforma".

Los senadores establecieron que cuando de las diligencias practicadas en la investigación de un delito se desprenda que éste no atenta contra la disciplina castrense, "inmediatamente y bajo la más estricta responsabilidad", el Ministerio Público Militar deberá remitir la indagatoria a la autoridad civil que corresponda.

La Policía Ministerial Militar actuará bajo la conducción y el mando del Ministerio Público civil en la investigación de los delitos y tendrá la obligación de prestar el auxilio que requieran las víctimas u ofendidos, además de proteger a los testigos.

También deberá realizar detenciones y poner de inmediato a las personas detenidas a disposición del agente del Ministerio Público competente, entre otras funciones.

Cuando se trate de delitos contra la disciplina militar, los agentes de la Policía Ministerial Militar estarán facultados para realizar inspecciones personales sobre el detenido y recoger los objetos que tenga en su poder.

Los integrantes de las Fuerzas Armadas que hayan cometido delitos en agravio de civiles podrán permanecer en prisiones militares cuando la autoridad militar competente lo estime imprescindible para preservar los derechos del procesado.

En este caso, la autoridad militar colaborará con los órganos jurisdiccionales del fuero ordinario para que el procesado comparezca ante dichas instancias siempre que se requiera.

Los sentenciados a penas de prisión podrán purgar la condena en cárceles militares o en centros de reinserción social del orden común o federal, si lo estima necesario la autoridad militar competente para preservar los derechos del sentenciado.

En caso de que algún alumno de educación militar menor de 18 años cometa una conducta tipificada como delito, el acusado será puesto a disposición de las autoridades del sistema de Justicia para adolescentes que corresponda.

En julio de 2011, la Suprema Corte de México ya había restringido el fuero militar en México. No obstante, la resolución quedó como recomendación y no una obligación.

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