Supremo invalida artículo de código militar que anula presunción de inocencia

  • La Suprema Corte de México otorgó hoy un amparo a un militar tras declarar inconstitucional un artículo del Código de Justicia Militar que anula el principio de presunción de inocencia en los procesos judiciales.

México, 14 nov.- La Suprema Corte de México otorgó hoy un amparo a un militar tras declarar inconstitucional un artículo del Código de Justicia Militar que anula el principio de presunción de inocencia en los procesos judiciales.

La Primera Sala del alto tribunal determinó que el artículo 102 del citado código "viola el principio de presunción de inocencia" al establecer que en todos los delitos del orden militar se contempla la intención delictiva, "salvo prueba en contrario", indicó la institución en un comunicado.

Los magistrados señalaron que ese artículo implica que se equipare la calidad de imputado y culpable, aún antes de que se dicte una sentencia en la cual se respeten todas las garantías judiciales.

El citado artículo prejuzga a priori que cualquier conducta presuntamente delictiva "se realizó con el ánimo de violar la ley" y con el respaldo de esa presunción se hace factible ordenar la formal prisión y emitir una sentencia condenatoria, precisaron.

Además, apuntaron, viola el principio de presunción de inocencia en el aspecto probatorio, debido a que exime al Ministerio Público en su tarea de demostrar con pruebas la intencionalidad en la comisión del delito.

También contraviene el principio de que es la Fiscalía la responsable de presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de los inculpados, de acuerdo con el dictamen de la Sala.

En los juicios a los militares solo se analiza si las pruebas presentadas por el acusado en su defensa son suficientes para destruir la presunción de "intencionalidad".

El caso concreto surgió en un juicio contra un comandante de guardia de una unidad de la Secretaría de Marina que fue arrestado por omitir una anotación en su libreta del parte de novedades, un hecho que supuestamente ocurrió durante su guardia, por lo que interpuso un recurso de amparo, que hoy fue resuelto en su favor.

Al considerar inconstitucional el citado artículo y conceder el amparo al quejoso, el Supremo señaló que los miembros del Ejército, Armada y Fuerza Aérea cuentan con "el derecho de presunción de inocencia dentro del proceso penal que se instaure en su contra".

Aunque los militares tengan leyes especiales de acuerdo a su disciplina, no se les puede negar derechos fundamentales como es la presunción de inocencia, recordó la Primera Sala.

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