El TC rechaza la semejanza con un preso kurdo y deja en prisión a Jordi Sánchez

  • El alto tribunal ha denegado la libertad al exlíder de ANC por unanimidad porque no ve paralelismos con el caso de Turquía.
Jordi Sànchez
Jordi Sànchez
EUROPA PESS - Archivo

El Tribunal Constitucional ha decidido mantener en prisión al exlíder de ANC Jordi Sánchez al rechazar que la reciente condena del Tribunal de Estrasburgo a Turquía por el encarcelamiento de un opositor kurdo, a la que él ha recurrido como argumento, sea una "circunstancia sobrevenida" a tener en cuenta.

En un auto, el pleno del TC ha decidido por unanimidad denegar la petición de Sànchez y establece que dicha condena hace referencia a "un procedimiento en el que ni el Estado español ni el recurrente en amparo han sido parte", por lo que no es de aplicación en este caso.

Una decisión que se conoce después de que Sánchez, junto a Turull, Rull y Forn, haya anunciado que deja la huelga de hambre indefinida que había emprendido al considerar que ya ha conseguido sus objetivos. Algo que había pedido este miércoles el presidente de la Generalitat, Quim Torra, porque ya habían "removido todas las conciencias que se tenían que remover".

La petición de excarcelación fue realizada al TC el pasado 26 de noviembre por Sánchez y después de sumaron los diputados suspendidos en el Parlament Jordi Turull y Josep Rull, en base a la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que insta a Turquía a dejar en libertad al exjefe del prokurdo Partido Democrático de los Pueblos (HDP) Selahattin Demirtas.

Pero el pleno del TC considera que dicha condena no es una "circunstancia sobrevenida" a tener en cuenta, como alegaba Sànchez, pues hace referencia a "un procedimiento en el que ni el Estado español ni el recurrente en amparo han sido parte", por lo que no es de aplicación. 

No se acredita ningún motivo que justifique el cambio

El TC no entra a decidir sobre el fondo del recurso de Sánchez, sino que rechaza la medida cautelar solicitada. La circunstancia alegada por Sànchez, dice el TC, "en nada afecta a las que motivaron el acuerdo" por las que el tribunal no suspendió anteriormente las resoluciones de prisión, por lo que su análisis "no aporta un parámetro rector que justifique la modificación de medidas solicitada". Es decir, que no se ha acreditado ningún motivo que justifique un cambio de criterio.

Además, el TC recuerda que un pronunciamiento ahora sobre el recurso de amparo de Sànchez "implicaría un juicio anticipado sobre el fondo de un litigio pendiente, que debe ser resuelto en la oportuna sentencia".

Los presos insistían en su recurso que la sentencia del Tribunal de Estrasburgo es "perfectamente equiparable" a su caso, dado que define los derechos políticos de un parlamentario en prisión provisional y en qué situaciones son vulnerados por una prolongada privación cautelar de libertad.

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