Trabajadores a tiempo parcial podrán cotizar menos de 15 años para pensión

  • Los trabajadores a tiempo parcial podrán acceder a su pensión contributiva con un período de cotización inferior a 15 años, lo que conllevaría también una menor prestación para evitar "agravios comparativos" con los asalariados a tiempo completo, según propone el Ministerio de Empleo.

Madrid, 26 jun.- Los trabajadores a tiempo parcial podrán acceder a su pensión contributiva con un período de cotización inferior a 15 años, lo que conllevaría también una menor prestación para evitar "agravios comparativos" con los asalariados a tiempo completo, según propone el Ministerio de Empleo.

El documento del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, al que ha tenido acceso Efe, se ha enviado a los agentes sociales para su negociación.

Este planteamiento se hace después de que, el pasado 14 de marzo, el Tribunal Constitucional declarase inconstitucional la regulación de la protección social de los trabajadores a tiempo parcial.

Afectará a los trabajadores con contrato a tiempo parcial, de relevo a tiempo parcial y de trabajo de los fijo-discontinuos, así como a sus pensiones (jubilación, incapacidad permanente y muerte y supervivencia) y subsidios (incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural).

Por lo que respecta a las pensiones, se les exigirá 15 años en alta, pero al aplicárseles un nuevo "coeficiente de parcialidad (la proporción de días cotizados acreditados entre el total de días en alta)" ese período sería menor.

Su base reguladora se correspondería con el promedio de las bases de cotización del interesado en los últimos 16 años y el porcentaje a aplicar para calcular la cuantía de la pensión sería la escala legalmente establecida.

Esta varía en función de los años cotizados: con 15 años se ha de aplicar un porcentaje del 50 % que se va incrementando un 0,19 % cada mes adicional hasta llegar a los 248 meses y, a partir de ellos, un 0,18 % adicional hasta 16 meses más.

Por lo que respecta a los complementos a mínimos se destaca que, con el propósito de salvaguardar la "proporcionalidad entre el esfuerzo contributivo y las prestaciones a percibir", habría que "reflexionar" sobre el acceso a ellos.

La intención es evitar "agravios comparativos entre trabajadores con esfuerzos contributivos muy distintos que al final obtienen la misma pensión".

En cuanto a los subsidios se indica que se reconocería el acceso a la incapacidad temporal con las mismas reglas que para el cómputo del total de días cotizados, así como para el cálculo del período de carencia.

No obstante, puesto que para acceder a la prestación de incapacidad temporal se exige que los 180 días cotizados lo sean dentro de los último cinco, sólo se aplicaría el coeficiente de parcialidad si en ese período se hubiese estado en alta como trabajador a tiempo parcial.

En el caso de la maternidad, al período de carencia se aplicarían las mismas normas referidas para la incapacidad temporal, con la diferencia de que para el acceso a esta prestación los días efectivos de cotización lo habrían de ser en los últimos siete años.

Si esos últimos 7 años no hubiese trabajado a tiempo parcial no se le aplicaría coeficiente de parcialidad alguno, según la propuesta.

La prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural tendría la particularidad de que la base reguladora se calcularía conforme a lo fijado para la incapacidad temporal, debiendo aplicar a esa base el porcentaje del 100 % establecido.

Según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social la nueva fórmula facilitaría el acceso a las prestaciones a un mayor número de trabajadores y su implantación resultaría factible "a corto plazo".

En el informe se destaca que, durante 2012, se han tramitado y resuelto 35.661 expedientes de jubilación a trabajadores que en algún momento de su vida laboral han prestado sus servicios con un contrato a tiempo parcial.

De ellos se aprobaron 32.714 -su edad media fue de 64,03 años y su promedio de días en alta de 11.175 días (30,6 años)- y se denegaron por no acreditar carencia suficiente 2.947 -cuya edad media fue de 65,35 años y su promedio de días en alta de 5.618 días (15,4 años)-.

Con el nuevo sistema, el 39,4 % de los expedientes denegados (1.162) hubiera sido aceptado.

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