Trabajo reitera que moratoria a los rumanos sólo se debe a motivos laborales

  • El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, aseguró hoy que la exigencia a los rumanos de un permiso de trabajo tiene motivaciones "estrictamente laborales" y que es una medida que no les impide circular libremente por España.

Madrid, 22 jul.- El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, aseguró hoy que la exigencia a los rumanos de un permiso de trabajo tiene motivaciones "estrictamente laborales" y que es una medida que no les impide circular libremente por España.

El Consejo de Ministros aprobó hoy que los ciudadanos rumanos que quieran trabajar en España requerirán un permiso laboral, una decisión que, según el Gobierno, tendrá carácter temporal y no afectará a los que ya están trabajando en España.

Al respecto, el ministro explicó que la exigencia de un permiso de trabajo previo es algo que también se aplica en Italia, Francia o Reino Unido, según informa el Ministerio de Trabajo en una nota, que informa que estas declaraciones las ha hecho Gómez en el curso de verano de El Escorial.

Gómez añadió que esta orden laboral está vinculada a la situación "excepcional" del mercado de trabajo.

La comunidad rumana, con 870.000 personas, se ha convertido en la primera nacionalidad residente en España, por delante de la ecuatoriana y con unas tasas de crecimiento importantes, de acuerdo con el ministro.

El ministro de Trabajo recordó que España siempre ha hecho un "esfuerzo" con el colectivo, pero ha matizado que "hay que reconocer que la capacidad de absorción de la economía española de nuevo empleo se ha limitado y que nuestra situación ha cambiado en ese aspecto".

El acuerdo establece la creación de un grupo de trabajo entre las autoridades rumanas y españolas para ir evaluando la situación.

La voluntad del Gobierno español es que la medida dure "el menor espacio de tiempo posible", para lo que se evaluará año tras año la situación, insistió Valeriano Gómez, quien advirtió de que no podría prolongarse más allá del 2014, que es la fecha límite prevista para que cualquier país de la Unión pueda tener alguna moratoria para la libertad de trabajo.

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