Tribunal UE dice que países no pueden añadir obstáculos a visados estudiantes

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaró hoy que los países no pueden añadir obstáculos ni requisitos más allá de los establecidos a nivel comunitario para los nacionales de terceros países que soliciten un visado de estudiante.

Bruselas, 10 sep.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclaró hoy que los países no pueden añadir obstáculos ni requisitos más allá de los establecidos a nivel comunitario para los nacionales de terceros países que soliciten un visado de estudiante.

Según dictaron hoy los jueces de Luxemburgo, "los Estados miembros tienen la obligación de admitir en su territorio a los nacionales de terceros países que deseen residir en él durante más de tres meses con el fin de cursar estudios siempre que cumplan los requisitos de admisión establecidos exhaustivamente en el Derecho de la Unión".

Entre esos requisitos figuran principalmente "el de no constituir una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud públicas", tal y como detalla la Directiva de la UE relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado.

El Tribunal de la UE se ha pronunciado al respecto después de que un ciudadano tunecino viera rechazada su solicitud de residencia en Alemania para cursar sus estudios.

Las autoridades alemanas alegaron que albergaban dudas en cuanto a su motivación para cursar estudios en Alemania debido, en concreto, al carácter insuficiente de sus resultados, a su escaso conocimiento del alemán y a la falta de un vínculo entre la formación prevista y su proyecto profesional.

La sentencia explica que "si bien la Directiva reconoce a los Estados miembros un margen de apreciación a la hora de examinar las solicitudes de admisión, el Tribunal de Justicia señala que este margen de maniobra sólo se refiere a los requisitos establecidos por la Directiva".

"En este asunto, parece deducirse que el demandante de visado cumple los requisitos generales y específicos establecidos en la Directiva, y que las autoridades alemanas no han invocado en su contra ninguno de los motivos relativos a la existencia de una amenaza", señala el tribunal.

"Por ello", dice la sentencia, "el Tribunal de Justicia considera que debería haberse concedido un permiso de residencia" al estudiante tunecino.

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