Un año de cárcel por agredir a una médico, a la que dio besos por la fuerza

  • La Audiencia de Cantabria ha impuesto un año de cárcel a un hombre que agredió a una médico que iba a atenderlo, a la que inmovilizó la cabeza para darle besos por la fuerza.

Santander, 15 ago.- La Audiencia de Cantabria ha impuesto un año de cárcel a un hombre que agredió a una médico que iba a atenderlo, a la que inmovilizó la cabeza para darle besos por la fuerza.

La Audiencia ha revocado el fallo del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander, que condenó a este hombre por una falta de vejaciones injustas a pagar una multa y una indemnización, y en su lugar impone la pena de cárcel por un delito de atentado.

Y esto es así porque el tribunal considera que los hechos constituyen "un acto de acometimiento grave", con empleo de violencia física y "con desprecio total a lo que la víctima representaba", y añade que no hay dudas sobre la condición de funcionaria pública de la médico.

La Audiencia considera probado que los hechos ocurrieron en septiembre de 2011, cuando el acusado, Mohamed A., fue llevado por una ambulancia al Hospital Universitario Marqués de Valdecilla.

Cuando este hombre fue preguntado por su padecimiento por la médico, se levantó de la silla de ruedas y sujetó a la doctora por la parte lateral del cuello y la mandíbula, a la vez que la daba besos en la mejilla izquierda.

Un celador lo sujetó y consiguió apartarlo de la médico, antes de avisar al personal de seguridad del hospital y al Cuerpo Nacional de Policía, que lo detuvo.

El Juzgado de lo Penal condenó a Mohamed A. por una falta de lesiones y otra de vejaciones injustas a pagar una multa y una indemnización de 30 euros para la médico, pero lo absolvió del delito de atentado del que fue también acusado en este proceso.

El Ministerio Fiscal recurrió este fallo, ya que pedía que el acusado fuera condenado por un delito de atentado por esta agresión.

La Fiscalía adujo que en el acusado hubo un ánimo de menosprecio contra la médico, que le movió a agredirla, mientras que la defensa solicitó que se confirmara el fallo del Juzgado de lo Penal.

La pretensión de la Fiscalía era que se eliminara un segundo párrafo de los hechos probados de la sentencia del Juzgado, que precisamente declaraba que no se había acreditado que el acusado actuara con el ánimo de menoscabar el "legítimo desempeño" de las funciones públicas de la médico.

La Sala aboga por suprimir ese párrafo del fallo del Juzgado objeto de controversia, porque no contiene un relato de hechos, sino "una deducción" de la juez.

La Audiencia da la razón a la Fiscalía, al considerar que en este caso se dan todos los elementos para fundamentar una condena de atentado y que lo sucedido fue "una agresión en toda regla".

Agregan los magistrados que no puede decirse, como argumentó la defensa, que "dar besos no consentidos no constituye una agresión ni un acometimiento", y recuerdan que para hacer eso el hombre inmovilizó la cabeza a la doctora utilizando la fuerza.

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