Violencia género. Interior y justicia ya pueden intercambiar datos para proteger a las mujeres maltratadas


El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la orden que permitirá, desde este sábado, que las víctimas de la violencia de género no se encuentren desamparadas ante los posibles vacíos de información causados por que los cuerpos policiales no estén al tanto de las medidas judiciales contra los maltratadores.
En concreto, la orden establece un plazo de un día para que los datos estén actualizados en caso de error en la transmisión y aprueba los modelos para remitir la información que debe inscribirse en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica.
El documento, firmado por el ministro de Justicia, Rafael Catalá, responde a un acuerdo de 2010 entre los ministerios de Justicia e Interior. Así, se actualizará de forma automática la Base de Datos de Señalamientos Nacionales de Interior, que intercambiará contenidos con el Registro Central de Medidas Cutelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes y el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia de Género, del Ministerio de Justicia.
En caso de un hipotético fallo de la transmisión telemática, los datos deberán ser cumplimentados al Registro Central “en el plazo máximo de veinticuatro horas desde la firmeza de la sentencia o desde que se adopte la medida cautelar o se dicte sentencia no firme”, indica el texto oficial.
El BOE también concreta que para que el intercambio automático sea “efectivo” hay que incorporar otros datos como son el cuerpo policial del que dimana el atestado, el número de éste y la fecha de efectos del requerimiento de cumplimiento al condenado.

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