La dgt aclara que "nunca" ha previsto sancionar a peatones por 'exceso de velocidad'


La Dirección General de Tráfico (DGT) afirmó este miércoles que "nunca" y “en ningún momento” ha barajado la posibilidad de sancionar a los peatones por andar o correr a determinada velocidad.
De esta forma, Tráfico negó “rotundamente” a través de un comunicado que esta posibilidad esté recogida en la reforma del Reglamento General de Circulación y salió así al paso de algunas informaciones publicadas en medios de comunicación por un informe del Consejo de Estado en relación a esta norma.
En este sentido, señaló que el texto del futuro Reglamento General de Circulación “no difiere y es exactamente el mismo” que figura en esta norma desde 1992.
Así, apuntó que el artículo 48.5, sobre límites de velocidad, regula que “los vehículos en los que su conductor circule a pie no sobrepasarán la velocidad del paso humano, y los animales que arrastren un vehículo, la del trote”.
“Como se ve, el artículo al que se refiere el informe del Consejo de Estado nada tiene que ver con los peatones, sino que va dirigido específicamente a los conductores que a pie lleven o arrastren un vehículo”, concluyó.

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