Tráfico. Los residentes comunitarios deberán renovar su permiso de conducir


Las personas procedentes de cualquier país de la Unión Europea (UE) con dos años o más de residencia en España y con un permiso de conducción con vigencia indefinida o superior a 15 años tendrán que renovar este documento a partir del próximo 19 de enero de 2015.
Así lo indicó este lunes el Ministerio del Interior en un comunicado, achacando esta medida al cumplimiento de una directiva comunitaria y su transposición al Reglamento General de Conductores.
Según apunta el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz, esta transposición es “un elemento indispensable de la política común de transportes que contribuye a aumentar la seguridad de la circulación vial”.
Para renovar el permiso de conducir, los residentes legales que sean titulares de un permiso de conducción obtenido en su país y que lleven dos años o más en España deberán solicitar cita previa acudiendo a cualquier Jefatura Provincial u oficina local de Tráfico, llamando al 060 o a través de la página web de la DGT.
Una vez sean citados, las personas que se encuentren en esta situación deberán aportar la solicitud impresa, la acreditación de identidad y de residencia, el permiso de conducción comunitario, un informe de aptitud psicofísica, una fotografía reciente y el pago de 23,50 euros en concepto de tasa.
Desde 2013, todos los países comunitarios tienen un permiso de conducción único para los 28 estados miembros, con lo que se han sustituido los 110 tipos de permisos de conducción que existían hace años.

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