¿Qué pasó en la semana, eh?

3 mentiras de la Ley del "sólo sí es sí" y 3 claves de su "contrarreforma"

Irene Montero se abraza con Ione Belarra
3 mentiras de la Ley del “sólo sí es sí” y 3 claves de su “contrarreforma”.
Agencia EFE

Cuando hablamos de desinformación solemos pensar en granjas de ‘fakenews’ (noticias falsas o, mejor dicho, falaces) de potencias extranjeras (especialmente, Rusia) que intentan desestabilizar a las democracias occidentales, sobre todo, en periodos electorales (como ocurrió en las elecciones de EEUU o en el Brexit), o que pretenden difundir propaganda sobre la guerra de Ucrania.

Pero no pensamos en que, dentro de las democracias occidentales, también hay desinformación, todos los días, a través de noticias falsas o, mejor dicho, falaces que publican los medios de comunicación según la línea editorial de cada uno. Y, lo que es todavía peor, mucha de esa desinformación está generada, de forma interesada, desde los partidos políticos y las instituciones públicas.

El resultado es que los ciudadanos, pese al derecho a recibir información veraz, que reconoce y ¿protege? el artículo 20.1.d) de la Constitución, no saben a qué atenerse, porque no saben a quién creer. Porque una cosa no puede ser blanco y negro a la vez. O mienten unos o mienten otros. Y muchas veces desconfían, incluso, de los verificadores (‘factcheckers’) y sus posibles sesgos.

Algo así está sucediendo con la Ley del "sólo sí es sí", que, desde el principio, ha tenido un contenido y una intención mucho más política que jurídica y que, como se ha visto, al aplicarse en la práctica ha evidenciado una falta de rigor jurídico que algunos habían detectado y sobre el que habían alertado, sin éxito. Pero continúan las mentiras, en un intento desesperado de salvar la cara.

Como no quiero que esto se interprete como una opinión basada también en un determinado sesgo ideológico, sino en un análisis objetivo de las normas, lo que recomiendo es leer la redacción anterior del Código Penal, la nueva dada por la reforma de la Ley del "sólo sí es sí", y la Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Socialista, que viene a ser una especie de contrarreforma.

1. Se pone el consentimiento ‘en el centro’ de los delitos sexuales

Es una afirmación especialmente incomprensible para cualquier jurista, porque el consentimiento siempre ha estado en el centro de los delitos contra la Libertad sexual, que por eso se llaman así. La diferencia entre una relación sexual normal y una violación es, precisamente, la existencia -o no- de consentimiento. Y éste, para ser válido, debe ser libre y explícito, mediante palabras o actos claros.

Por eso no se entiende bien que la supresión de los abusos sexuales y su fusión en una sola categoría con las agresiones sexuales se justifique con el mantra de "poner en el centro el consentimiento", cuando en la redacción del antiguo artículo 181 del Código Penal, que regulaba los abusos sexuales, quedaba claro que éstos se producen "sin que medie consentimiento".

Es verdad que el nuevo artículo 178 CP, en la redacción dada por la Ley del "sólo sí es sí", incluye un inciso que dice: "Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona". Pero no añade nada a la teoría general del consentimiento válido en Derecho.

2. No es abuso, es violación

Esta idea, que es otro de los pilares de la reforma del Código Penal (por la Ley del "sólo sí es sí") y de la contrarreforma (de la Ley del "sólo sí es sí" por la Proposición de Ley Orgánica presentada por el Grupo Socialista), no deja de ser una cuestión nominalista. Las categorías y denominaciones de los delitos se pueden cambiar, pero, como ha ocurrido, esto puede confundir más que aclarar.

Podemos distinguir dos tipos de delitos contra la Libertad sexual, como se hacía antes (agresiones y abusos sexuales) o podemos incluir todos los delitos contra la Libertad sexual en una sola categoría (agresiones sexuales) y podemos llamar a todos ‘violaciones’, porque todos son unas ‘violaciones’ de la Libertad sexual, pero estamos cambiando los significados de los conceptos tradicionales.

El caso es, nos pongamos como nos pongamos y lo llamemos como lo llamemos, que siempre habrá un tipo de ‘agresiones sexuales’ con intimidación o violencia y otras en las que no habrá intimidación o violencia, ya que la víctima tendrá anulada su voluntad, por cualquier causa. Las dos serán agresiones sexuales, pero, si existe intimidación o violencia, parece que serán más graves.

3. No se rebajan las penas

La mentira más fácil de desmontar, con sólo leer la antigua redacción del Código Penal y la nueva, dada por la Ley del "sólo sí es sí", es que dicha Ley no rebaja las penas de los delitos sexuales y que la culpa de las cerca de 500 revisiones de condenas y 50 excarcelaciones es de unos pocos jueces que no saben aplicar las normas. Argumento que ya ha sido rebatido por la propia Ministra de Justicia.

El antiguo delito de agresión sexual contemplaba una pena de prisión de uno a cinco años, mientras que el delito de abuso sexual preveía una pena de uno a tres años de prisión. Al fusionar ambos delitos en uno, la Ley del "sólo sí es sí" fijó una pena de uno a cuatro años. Y ahora la Proposición de Ley Orgánica del Grupo Parlamentario Socialista propone volver a la pena de uno a cinco años.

En el caso de violación (agresión sexual con penetración), la antigua redacción del Código Penal preveía una pena de prisión de seis a doce años y la reforma de la Ley del "sólo sí es sí" rebajó la pena mínima: de cuatro a doce años. La contrarreforma de la proposición de Ley Orgánica del Grupo Socialista vuelve a imponer la pena de seis a doce años. Y algo similar pasa con las agravantes.

Conclusión

Más allá de que el PSOE y Podemos lleguen a un acuerdo en la contrarreforma (que estoy seguro se alcanzará en torno a la subida de las penas), cabe ahora mirar hacia atrás y preguntarse, legítimamente, para qué ha servido todo esto. Sobre todo, para las víctimas de delitos sexuales que tienen que ver con angustia cómo a sus agresores se les rebajan las penas o directamente se les excarcelan.

Mostrar comentarios