El TSJIB se pronunciará sobre compatibilidad de Bauzá y sus negocios privados

  • El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) se pronunciará finalmente sobre la compatibilidad del presidente de Baleares, José Ramón Bauzá, y sus negocios privados, como su farmacia de Marratxí, como pidieron los partidos de la oposición en la denuncia que presentaron en julio.

Palma, 17 oct.- El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) se pronunciará finalmente sobre la compatibilidad del presidente de Baleares, José Ramón Bauzá, y sus negocios privados, como su farmacia de Marratxí, como pidieron los partidos de la oposición en la denuncia que presentaron en julio.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJIB ha desestimado en un auto publicado hoy, con tres votos a favor y dos particulares, la petición de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de que no se admita a trámite la denuncia de los diputados autonómicos de PSIB-PSOE y de MÉS referida a la presunta incompatibilidad de la actividad del presidente balear y sus negocios privados.

Los servicios jurídicos del Govern alegaron "falta de legitimación activa de la parte recurrente para la interposición del recurso" y solicitaron que se declara la "inadmisibilidad" de este contencioso administrativo, pero el Alto Tribunal ha desestimado tal petición.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno y, por tanto, el TSJIB deberá decidir próximamente sobre este asunto en el que están personados tanto la Abogacía de la Comunidad Autónoma como el propio Bauzá.

La demanda fue presentada por los portavoces del PSIB-PSOE y MÉS en el Parlament balear, Francina Armengol y Biel Barceló, respectivamente, y todos los diputados de sus respectivos grupos.

En la misma, los partidos de la oposición estiman que Bauzá incumple la Ley 2/1996 de 19 de noviembre de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (CAIB).

Por ello, solicitan que sea reconocida dicha incompatibilidad y que sea cesado de "inmediato".

La Abogacía de la CAIB defendía que, según la ley, solo están legitimadas para interponer un recurso contencioso-administrativo las "personas físicas o jurídicas que ostenten un derecho o interés legítimo", y consideraba que en este caso los recurrentes "no podrían verse favorecidos ni directa ni indirectamente por una resolución judicial".

En su escrito de alegaciones contra el recurso del PSIB-PSOE y MÉS, la Abogacía argumentaba que el campo de actuación propio de los diputados es "la representación política, pero no el de la genérica defensa de la legalidad ante los tribunales".

"En definitiva -afirma el TSJIB en su auto de hoy- sí apreciamos que los recurrentes disponen de legitimación que se le niega".

Tanto la Abogacía como Bauzá deberán responder a la referida demanda. Posteriormente se practicarán las pruebas pertinentes y el TSJIB dictará una sentencia acerca de si Bauzá incurrió o no en incompatibilidad.

Mostrar comentarios