Qué es la doctrina Parot por la que el 'violador del ascensor' quedó en libertad

Henri Parot
Henri Parot

La doctrina Parot es una sentencia del Tribunal Supremo español que ha permitido que presos con condenas largas, principalmente de ETA, retrasaran su salida de prisión.

Funciona de modo que cambia el sistema de cómputo de la pena máxima que se puede cumplir en España: 30 para los juzgados con el Código Penal de 1973 que es a los que se aplica esta doctrina.

Esta norma elevó la pena de prisión a la etarra Inés del Río de 2008 a 2017. La terrorista recurrió esta decisión al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que le ha dado la razón y le ha puesto en libertad. ¿Por qué ha decidido esto? ¿Qué consecuencias tiene para otros criminales en prisión? Desde la sección de Practicopedia de La Información te contamos las siete claves de la doctrina Parot. 

Qué es la doctrina Parot

La doctrina Parot es una norma jurídica española que cambió la forma de calcular el tiempo que un criminal tiene que permanecer en prisión. La reducción de los años de cárcel (por buena conducta, por trabajos realizados, etc) se lleva a cabo de forma individual sobre cada uno de los delitos por los que el reo ha sido condenado. En la práctica esto supone que el presidiario cumplirá una condena más larga.

Parot se empieza a aplicar en 2006, Hasta entonces la redención de la pena de cárcel se aplicaba sobre el total de la pena máxima que un condenado por el Código Penal de 1973 podía pasar en prisión.

Por ejemplo, un preso condenado a 120 años de prisión por cuatro crímenes (30 años por delito), sólo cumplía el máximo de 30. Era como si todas las condenas se refundieran en una única de 30 años. Así, a partir de esa cifra, se aplicaba la redención de penas (un día menos en la cárcel por cada dos de trabajo en ella).

Cómo funciona

Supón el caso de un condenado a 3 penas de prisión: una de 30 años, otra de 15 y una tercera de 10. En total se enfrentaría a una condena de 55 años de cárcel (30+15+10), de los que sólo cumpliría 30, que era el máximo que permitía el Código Penal de 1973. Si tenía buena conducta o realizaba trabajos en la cárcel este criminal podía reducir su condena total.

Así se computaría esta reducción, con y sin la doctrina Parot:

-Con la doctrina Parot. La reducción de los años de cárcel se aplica sobre cada una de las condenas. Así, primero se toma la condena más larga (30) y sobre esa se aplica la redención de penas. Si redime, por ejemplo, 10 años, al cumplir 20 en prisión, le empezaría a contar su segunda condena en gravedad (la de 15 años) y sobre esa se le volvería a aplicar las redenciones que procedieran. Y así con todas las condenas hasta llegar al máximo de 30 que podía pasar en la cárcel por el Código del 73.

-Sin la Doctrina Parot. La reducción de los años de cárcel se llevaba a cabo sobre la pena máxima que podía cumplir en prisión. Imagina ese mismo preso condenado a 55 años (30+15+10). Antes de Parot, sobre los 30 años que como máximo que podía pasar en prisión, se le aplicaba la redención de penas. De este modo, con los mismos 10 años de redención del ejemplo anterior, el preso habría salido en libertad tras pasar 20 años en la cárcel.

Por qué se llama Parot

Esta norma jurídica lleva el nombre de un terrorista de ETA: Henri Parot. El criminal presentó un recurso al Tribunal Supremo de España ante la negativa de la Audiencia Nacional a convertir en una sola sus 26 condenas. El Supremo lo rechazó el 28 de febrero de 2006, y sentó las bases de la doctrina:

"De modo que extinguida una pena, con las redenciones y beneficios que le puedan ser aplicables, comenzará el cumplimiento de la siguiente, y ello por el orden sucesivo de su respectiva gravedad […] Si el penado ingresó en prisión en 1990, finalizará el 'máximum' de cumplimiento en el año 2020". (Ver sentencia completa).

Esta decisión creó jurisprudencia, es decir, se convirtió en Ley. A partir de ese momento se empieza a aplicar la doctrina Parot a todos aquellos presos condenados con el Código del 73 y con condenas largas (superiores a 30 años). A Henri Parot le habían sido imputados 82 asesinatos, que le supusieron 26 sentencias condenatorias con las que sumó casi 4.800 años de prisión.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en contra

El 21 de octubre de 2013, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una sentencia que anula la aplicación de la doctrina Parot sobre la condena de la etarra Inés del Río. La terrorista había presentado un recurso ante este tribunal alegando que se le aplicaba la doctrina Parot de forma indebida. Le dieron la razón, y fue puesta en libertad un día después.

Del Río, juzgada con el Código Penal de 1973, fue encarcelada en 1987 con lo que, como máximo, habría permanecido en prisión hasta 2017. Sin embargo, con la redención de penas, habría salido en 2008. Fue entonces cuando se le aplicó la doctrina Parot, con lo que su pena se alargó de nuevo hasta ese 2017. Así, se le aplicó 'Parot' de forma retroactiva, después de su condena.

Esta es la clave de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: entiende que a la terrorista Inés del Río se le aplicaba la doctrina después de ser condenada, es decir, con carácter retroactivo. ”La sala entiende que se había aplicado de forma sobrevenida una interpretación sobre el cumplimiento de las condenas que era distinta a la que existía cuando se dictaron sus condenas”, explica Joaquim Bosh, portavoz de Jueces para la Democracia.

Pena máxima de prisión

Depende de varios factores. 

Personas juzgadas con el Código Penal de 1973 (vigente hasta 1995): la pena máxima es de 30 años de prisión. (Artículo 30).

Personas juzgadas con el Código Penal de 1995: pena máxima de 20 años de prisión con tres excepciones. Son las siguientes:

-Hasta 25 años si el condenado ha cometido dos o más delitos y alguno de ellos está castigado con una pena de hasta 20 años. (Artículo 76).

-Entre 20 y 30 años si el criminal, perteneciendo a una banda armada, organización o grupo terrorista, ha provocado la muerte de una persona. (Artículo 572).

-Hasta 30 años si el criminal ha sido condenado por dos o más delitos y alguno de ellos tiene una pena de más de 20 años de prisión. (Artículo 76).

Personas juzgadas tras la reforma de 2003 del Código Penal de 1995: la pena máxima se amplía a 40 años en dos casos (modificación del Artículo 76):

-Cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos y, al menos dos de ellos, estén castigados con una pena de prisión superior a 20 años.

-Cuando el sujeto haya sido condenado por dos o más delitos de terrorismo y alguno de ellos esté castigado con una pena de prisión superior a 20 años.

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