Hacienda prevé devolver 11.167 millones de euros a 15,2 millones de contribuyentes correspondientes a la campaña de renta 2010 (el 1,49 % menos que el año anterior), según anunciaron hoy el secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, y el director de la Agencia Tributaria, Juan Manuel López Carbajo.
Según Hacienda, la campaña tendrá 19,4 millones de declarantes y las devoluciones comenzarán a hacerse a partir del 6 de abril. También prevé que 3,8 millones de contribuyentes presenten declaraciones a ingresar por un importe de 6.184 millones de euros (el 3,46 % más).
La atención en las oficinas empezará el 3 de mayo y terminará el 30 de junio. La principal novedad este año es que el borrador se puede obtener de forma inmediata por internet o por teléfono desde hoy sin necesidad de tener que esperar a recibirlo en el domicilio.
Para obtener el borrador se pedirá el número del NIF, el dato de la casilla 698 de la renta 2009 y un número de teléfono móvil.
Hacienda enviará al móvil un SMS con el número de referencia que permite consultar, modificar y confirmar el borrador. El contribuyente que no lo obtenga por internet lo recibirá por correo a partir de mayo.
Hacienda augura que pondrá a disposición de los contribuyentes más de 22 millones de borradores y datos fiscales. El plazo para solicitar el borrador o los datos fiscales acaba el 27 de junio.
Para quienes pidieron el borrador en la casilla de declaración del IRPF 2009 o lo confirmaron el año pasado, se pondrá a su disposición sin necesidad de que lo vuelvan a solicitar.
López Carbajo destacó que a día de hoy ya hay cerca de 17 millones de peticiones de borrador.
El plazo para confirmar el borrador finaliza el 30 de junio, salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso acaba el 27 de junio.
Tienen derecho a recibir el borrador los contribuyentes que sólo tengan únicamente rendimientos del trabajo, rendimientos de capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, letras del tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la compara de vivienda habitual.
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