Sanciones millonarias para los países que no han transpuesto la Directiva Europea de Privacidad

  • La Comisión Europea le ha sacado los colores a cinco Estados que todavía no han transpuesto a su ordenamiento jurídico interno la conocida como Directiva Telecom o Directiva de Privacidad, que prevé un incremento en las garantías y derechos de los consumidores y usuario de Internet. España no está entre los afectados porque, aunque tarde, en el último momento cambió su normativa.

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lainformacion.com

En el año 2009 veía la luz la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se producían diversas modificaciones relativas al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, así como al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas.

Esta directiva de era muy necesaria, dado que la anterior regulación de estos temas data de los años 2002 y 2004, por lo que viene a poner al día algunas cuestiones relativas a la privacidad y a las comunicaciones electrónicas que en su día no se tuvieron en cuenta lo que la sociedad ha venido demandando.

Por ejemplo, esta directiva de 2009 es la que inserta en nuestro ordenamiento las novedosas cuestiones relativas al consentimiento para que una página web utilice cookies en nuestros ordenadores; la obligación, por parte de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas de notificar, incluso a los afectados, cualquier fallo de seguridad en sus sistemas que haya podido comprometer los datos personales de sus clientes. O la posibilidad de cambiar de operador de telefonía en tan solo un día.

Pues bien, la mencionada directiva contemplaba de plazo hasta el 25 de mayo de 2011 para que cada Estado Miembro adaptara su ordenamiento interno a las previsiones en ella contenidas. España no fue excesivamente diligente y lo hizo hace muy poco tiempo, el 31 de marzo de 2012, con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Real Decreto-Ley 13/2012 de 30 de marzo.

Sin embargo hay cinco Estados que todavía no lo han hecho por lo que la Comisión Europea ha presentado la correspondiente propuesta de sanción ante la Corte de Justicia Europea, por la que solicita las siguientes sanciones:70.353,36 euros diarios a Bélgica.105.688,80 euros diarios a los Países Bajos.112.190,40 euros diarios a Polonia.22.014,72 euros diarios a Portugal.13.063,68 euros diarios a Eslovenia.

Estas sanciones se aplicarán de forma diaria hasta que el Estado correspondiente finalmente modifique su ordenamiento acorde con la directiva europea.

Samuel Parra, socio de la firma ePrivacidad, especializada en la protección de la privacidad en Internet, expresa la importancia de tener un marco común europeo: "las directivas europeas tienen como principal efecto la de armonizar las legislaciones nacionales de cada Estado miembro, por lo que un ciudadano español puede gozar de derechos similares en Alemania, Francia o Italia; y, por otro lado, las empresas de cada Estado tendrán obligaciones similares, de forma que el hecho de que un país no haya transpuesto esta directiva coloca a las empresas del resto de países que sí lo han hecho en una posición distinta, por lo que no estarían compitiendo al mismo nivel".

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