Las claves de la Lomce, la ley de la polémica, y sus cambios a los largo de estos años

    • Estos son los principales aspectos de la reforma liderada por el ministro José Ignacio Wert que ha provocado la rebelión de parte de la comunidad educativa.
    • El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades.
El Congreso da luz verde a la Lomce con el apoyo en solitario del PP
El Congreso da luz verde a la Lomce con el apoyo en solitario del PP
M.T.

La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) nació muerta con toda la oposición en contra. Wert acabó fuera del Gobierno y con un PP en minoría el pacto por la Educación tendría que dar luz a una nueva Ley. Sindicatos, padres, profesores y alumnos han convocado una huelga en protesta por la ley.

La ley fija el castellano como lengua vehicular de la enseñanza, establece evaluaciones al final de cada etapa educativa y refuerza el derecho de elección de centro. Estos eran los principales puntos de la reforma liderada por el ministro José Ignacio Wert, que modificaba parcialmente la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006.

ESTOS ERAN LOS PUNTOS INICIALES DE LA LOMCE

Calendario

- La Lomce comenzó a implantarse para Primaria y Formación Profesional (FP) Básica en el curso 2014-2015, mientras que en la ESO sería en los cursos 2015-16 y 2016-2017 para primero y tercero cursos y para segundo y cuarto, respectivamente.

La primera evaluación final de ESO será en 2017.

En Bachillerato, la Lomce comienza para el primer curso en 2015-2016, y para el segundo en 2016-2017. La primera evaluación final será también en 2017.

La selectividad, que se suprime, se mantiene para los alumnos que quieran acceder a la Universidad antes del curso 2017-18.Asignaturas

- Las asignaturas de Primaria, ESO y Bachillerato se agrupan en: troncales (reguladas esencialmente por el Gobierno con una carga lectiva mínima del 50 % del horario total), las específicas y las de libre configuración autonómica (como Lengua cooficial, con tratamiento análogo al castellano), cuyos horarios y contenidos corresponderán a las comunidades. Los centros podrán complementar los tres bloques de materias y configurar su oferta formativa.

- Anticipo de elección de itinerarios en ESO. En tercero se puede optar entre Matemáticas de iniciación a enseñanzas académicas o aplicadas; en cuarto (15 años), elección entre enseñanzas orientadas al Bachillerato o a FP.

- En ESO, con carácter general, se podrá pasar de curso con dos suspensos como máximo, siempre que no sean simultáneamente Matemáticas y Lengua.

- El Bachillerato tendrá tres modalidades: Ciencias, Artes, y Humanidades y Ciencias Sociales. En este último se fijarán dos itinerarios, de forma que quienes elijan Humanidades estudiarán Latín y los otros Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales.Evaluaciones

- Pruebas nacionales comunes al final de sexto de Primaria, cuarto de ESO y segundo de Bachillerato, diseñadas por la administración central previa consulta a las comunidades. Es necesario superar las dos últimas para obtener los títulos correspondientes.

- Las administraciones educativas podrán establecer medidas de atención personalizada para aquellos alumnos que no superen la evaluación final de ESO.

- Al terminar tercero de Primaria, evaluación individualizada para la detección precoz de dificultades en el aprendizaje a cargo de las administraciones educativas.

- La realización de las pruebas corresponde a las administraciones y serán aplicadas y calificadas por profesorado del Sistema Educativo Español externo al centro, aunque no sea funcionario.

- Los resultados de los centros se publicarán en relación con los factores socioeconómicos y socioculturales del lugar donde estén ubicados.

- Las administraciones podrán establecer planes específicos de mejora en los centros públicos que no alcancen niveles adecuados.Formación profesional

- Nueva FP básica de dos cursos obligatorios para alumnos de entre 15 y 17 años con dificultades de aprendizaje que hayan terminado tercero o, excepcionalmente, segundo de ESO. Servirá para obtener el título de la ESO y pasar a FP de grado medio.

En FP básica, las administraciones educativas determinarán en qué centros se implantarán los ciclos formativos.Castellano

-El castellano es lengua vehicular de la enseñanza en todo el Estado y las lenguas cooficiales lo son también en las respectivas comunidades de acuerdo con sus Estatutos y normativa aplicable.

- El Gobierno adelantará el pago de la escolarización privada de aquellos alumnos que no tengan garantizado el aprendizaje en castellano en los centros públicos o concertados de las comunidades con lengua cooficial, y se lo descontará a éstas de la financiación autonómica que les corresponda.Religión

- La asignatura de Religión, voluntaria, tendrá como alternativas obligatorias Valores Sociales y Cívicos (Primaria) y Valores Éticos (Secundaria), que también podrán escogerse como opcionales. Desaparece Educación para la Ciudadanía.Centros

- Los miembros del equipo directivo del centro y los profesores serán considerados autoridad pública.

- El nombramiento de los directores, por cuatro años, se hará previa evaluación positiva de su trabajo, bajo criterios públicos y objetivos en los que se incluirán las evaluaciones individualizadas de los alumnos.

- Los directores de los centros públicos deberán acreditar cinco años de docencia y un curso específico de formación. Podrán fijar requisitos y méritos para los puestos docentes. Las comisiones de selección estarán formadas por representantes de la administración (más del 50 %) y del centro.

- El consejo escolar del centro tendrán funciones esencialmente consultivas.

- Los centros que diferencian por sexo no tendrán que "justificar de forma objetiva y razonada" ese modelo educativo para optar al concierto, y se permitirá que vuelvan a solicitarlo aquellos a los que se les denegó en 2013 por educar de forma separada.

- Las comunidades podrán convocar concursos públicos para la construcción y gestión de centros concertados sobre suelo público dotacional.Otros

- El Ministerio promoverá el préstamo gratuito de libros de texto y otros materiales para la educación básica en los centros sostenidos con fondos públicos.

- Las Administraciones promoverán la práctica diaria del deporte y el ejercicio físico de los alumnos durante la jornada escolar, y el diseño y supervisión de las medidas que los centros adopten para ello serán asumidas por profesorado cualificado.

- El Gobierno podrá regular y gestionar, dentro del ámbito del deporte de alto nivel y la regulación del deporte federado estatal, centros de titularidad estatal que impartan las enseñanzas deportivas de grado superior a distancia en toda España.

- En la oferta de educación a distancia se podrán establecer criterios específicos adicionales ante las situaciones personales y laborales de las personas adultas.Los alumnos con título o estudios equivalentes al Bachillerato de países extracomunitarios podrán acceder a las universidades españolas siempre que superen los procedimientos de admisión específicos que hubiere.Estas son las modificaciones de la LOMCE

El real decreto ley que modifica el calendario de aplicación de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) para introducir cambios en las evaluaciones finales, entra en vigor este domingo 11 de diciembre. El Gobierno elimina así los efectos académicos de las pruebas, la de Primaria y ESO pasan a ser muestrales y la de Bachillerato sólo la realizarán quienes quieran acceder la Universidad.

Así lo establece el texto publicado el 10 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado, que recoge Europa Press, después de que el Consejo de Ministros lo aprobara un día antes. Con este real decreto-ley, no sólo cambia la disposición final quinta de la LOMCE, relativa al calendario de implantación de la misma, sino que también modifica tres reales decretos -el que regula los currículos de ESO y Bachillerato y los dos de las evaluaciones finales-.

Según indicó el ministro de Educación, Íñigo Méndez de Vigo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, esta nueva normativa deberá ser convalidada por el Congreso de los Diputados. En el Parlamento, los grupos políticos podrán solicitar que el texto se tramite como proyecto de Ley para poder introducir cambios en el mismo.

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Asimismo, el Ejecutivo señala en la norma que los cambios en las llamadas reválidas permanecerán "hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado Social y Político por la Educación".Principales cambios

La evaluación de 6º de Primaria será muestral y no censal, de manera que las comunidades autónomas elegirán una serie de centros para hacer esta prueba y no tendrán que realizarla todos los alumnos obligatoriamente como el curso pasado cuando se realizó por primera vez. No obstante, el decreto-ley señala que esto no impide para que si alguna administración autonómica quiere someter a todos sus estudiantes a la evaluación, lo pueda hacer.

La evaluación final de la ESO también será muestral, participando únicamente en ella el alumnado matriculado en 4º que haya sido seleccionado por la Administración educativa; se limitará a las materias troncales generales del último curso y no a las de toda la etapa, no tendrá efectos académicos ni los resultados constarán en el expediente académico del alumno examinado.

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La reválida de 2º Bachillerato sólo la tendrán que realizar los alumnos que quieran ir a la Universidad porque esta prueba sustituye a la antigua Selectividad. No tendrá otros efectos académicos que los del acceso a las enseñanzas de Grado y se limitará a las materias troncales generales del último curso y las materias troncales de opción para subir nota, y no a las de 1º y 2º como establece la LOMCE.La nueva selectividad

Las características, fechas y contenidos de estas pruebas se regularán a través de una orden ministerial, que se encuentra en fase de borrador, cuyo contenido lo debatirá la próxima semana la comunidad educativa en el Consejo Escolar del Estado, órgano consultivo por el que tiene que pasar toda la normativa en materia de enseñanza.

No obstante, este decreto incluye algunos aspectos de la 'reválida' de Bachillerato. La calificación obtenida en la prueba que realicen los alumnos que quieran acceder a la universidad será la media aritmética de las calificaciones numéricas de cada una de las materias generales del bloque de asignaturas troncales expresada en una escala de 0 a 10 con dos cifras decimales y redondeada a la centésima. Esta calificación deberá ser igual o superior a 4 puntos, para que pueda ser tenida en cuenta en el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado.

La calificación para el acceso a estudios universitarios de este alumnado se calculará ponderando, como hasta ahora, un 40% la calificación de la prueba señalada en el párrafo anterior y un 60% la calificación final de la etapa. El resultado de esta ponderación tiene que ser igual o superior a 5 puntos para entrar a la Universidad.

La calificación obtenida en cada una de las materias de opción del bloque de asignaturas troncales de la prueba señalada anteriormente podrá ser tenida en cuenta para la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado cuando tenga lugar un procedimiento de concurrencia competitiva.

Las administraciones educativas, en colaboración con las Universidades, que asumirán las mismas funciones y responsabilidades que tenían en relación con las Pruebas de Acceso a la Universidad, organizarán la realización material de la prueba señalada en el párrafo anterior para el acceso a la Universidad. No obstante, cada administración educativa podrá delimitar el alcance de la colaboración de sus universidades en la realización de la prueba.

Títulos de ESO y Bachillerato desde FP y FP básica

El decreto también regula otro de los acuerdos alcanzados entre el Ministerio de Educación y las comunidades autónomas relativos a los títulos de ESO y Bachillerato. Así, establece que los alumnos que se encuentren en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza podrán obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno elija.

Además, los alumnos que obtengan un título de Formación Profesional Básica podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.

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