TS niega computar como preventiva la prisión provisional de etarra en Francia

  • El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión del colaborador del "comando Donosti" de ETA Cándido Sagarzazu de recortar su estancia en la cárcel, donde cumple una pena de cinco años por colaboración, computándole como prisión provisional el tiempo que estuvo como preventivo en Francia.

Madrid, 8 abr.- El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión del colaborador del "comando Donosti" de ETA Cándido Sagarzazu de recortar su estancia en la cárcel, donde cumple una pena de cinco años por colaboración, computándole como prisión provisional el tiempo que estuvo como preventivo en Francia.

La Sala de lo Penal del TS, adopta esta decisión en una sentencia, hecha pública hoy, al considerar que desde "ninguna de las perspectivas posibles podría computarse al recurrente en más de una causa un mismo período de privación de libertad, periodo durante el cual admite el recurrente que se encontraba cumpliendo condena en Francia".

Según el Supremo, ese tiempo en prisión "ya fue computado, precisamente a efectos de cumplimiento de la pena impuesta en el país vecino", donde fue condenado a diez años de cárcel por asociación de malhechores.

La prisión preventiva de Sagarzazu en Francia se prolongó cinco años y diez meses, lo que llevó al Tribunal Europeo de Derechos Humanos a condenar a Francia a indemnizar con 7.000 euros a Sagarzazu y a otros cuatro etarras por la "duración excesiva" de su prisión provisional.

Sagarzazu fue condenado a cinco años de cárcel por colaborar con ETA como miembro de uno de los "taldes" -grupos de apoyo- que pasaban información sobre objetivos a la organización terrorista.

Fue detenido en Cahors (Francia) el 30 de julio de 2003 y entregado a España en octubre del año pasado para ser juzgado por su colaboración con el "comando Donosti", hecho que motivó su huida del país galo en 2000 para evitar ser juzgado.

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