Estado de alarma

La hora fantasma del sábado: por qué a las 23 horas no podrás salir y sí a las 24

Según el Real Decreto 956/2020, el vigente estado de alarma llegará a su fin el próximo domingo 9 de mayo a las 00:00 horas.

Un coche de Policía Nacional circula durante la primera noche de toque de queda en Madrid.
Un coche de Policía Nacional circula durante la primera noche de toque de queda en Madrid.
Europa Press

El próximo fin de semana, España sale del estado de alarma, después de nada menos que 196 días. Fue el pasado 25 de octubre cuando el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicaba el Real Decreto 956/2020 por el que se prorrogaba la alarma hasta el próximo 9 de mayo. Entonces, la norma se antojaba harto necesaria, pues los gobiernos regionales necesitaban un paraguas jurídico que les permitiese poder implementar restricciones sanitarias por la Covid-19 sin que ningún Tribunal se las tumbase. 

Así, durante todo este tiempo, el estado de alarma no se ha regido por un mando único, como si ocurrió en la primera ola hace justo un año. Toques de queda, confinamientos perimetrales (o por zonas básicas de salud como en el caso de la Comunidad de Madrid) y cierres de hostelería, han sido las medidas por las que han abogado las comunidades para poner coto a la incidencia acumulada de casos por coronavirus. 

Entonces, ¿qué pasará tras el estado de alarma? El pasado martes, el Gobierno aprobó un decreto para que las comunidades pudiesen recurrir al Tribunal Supremo los autos de los tribunales de justicia sobre las restricciones. La idea es, pues, que el Supremo pueda dictar jurisprudencia y unificar así dictámenes y criterios. Por su parte, las CCAA están tratando de discernir las vías de actuación que tomarán la próxima semana. 

A las 00:00 del domingo...

Sea como fuere, a partir del próximo 9 de mayo se pondrán fin (al menos hasta nueva orden) a los toques de queda o los cierres perimetrales. El asunto no deja de ser curioso porque entre la noche del sábado (8 de mayo) y del domingo (día 9) habrá un lapso de tiempo en el que los ciudadanos deban por ley volver a sus domicilios, pero -insistimos, por ley- podrán volver a salir pasados 60 minutos. 

Con el texto del BOE en la mano será mucho más sencillo verlo: según el artículo 2 del Real Decreto 956/2020, "la prórroga establecida en este real decreto se extenderá desde las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021". 

Esto en la práctica (y siempre según lo establecido en  el Real Decreto), supone, como decimos, que a partir de las 00:00 horas del domingo 9, no hay restricciones de circulación, por lo que no estaría prohibido estar en la calle. 

Hasta ahora, este tipo de medidas se cumplían hasta las 00:00 horas del lunes, dejando de así las restricciones vigentes durante todo el fin de semana. El Gobierno aún no se ha pronunciado al respecto, aunque eso sí, se insiste en que pese a que el estado de alarma se acaba, la pandemia no, por lo que será de imperiosa necesidad seguir cumpliendo con las medidas de seguridad. 

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