En la Barceloneta

Imponen una multa de 45.000 euros por negarse a alquilar un piso por racismo

Esta es la segunda vez que el Ayuntamiento de la capital catalana sanciona un caso de discriminación en el acceso a la vivienda por razón de origen, que en este caso afectó a un hombre marroquí.

Platja De La Barceloneta, Barcelona.
Platja De La Barceloneta, Barcelona.
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El Ayuntamiento de Barcelona ha multado con 45.000 euros al dueño de una vivienda y a una inmobiliaria por negarse a alquilar el piso a un marroquí por racismo, en la primera sanción por discriminación por razón de origen, una infracción prevista en la Ley 18/2007 del Derecho a la Vivienda de Cataluña. El propietario de la vivienda, situada en el barrio marítimo de la Barceloneta, y la inmobiliaria que la comercializaba se negaron a alquilar el inmueble a una persona de origen marroquí, sin ningún factor que lo justificase.

Según ha informado el ayuntamiento en un comunicado, la discriminación tuvo lugar en el momento en que, después de manifestar el interés en alquilar la vivienda y acreditar el nivel de solvencia suficiente, la inmobiliaria no respondiera la petición y argumentara que se había elegido otra candidatura a pesar de que el piso siguiera vacío y disponible semanas después.

La constatación se hizo efectiva mediante la intervención pasadas unas semanas de una persona del entorno de la víctima, que no es de origen marroquí y que se interesó por el piso delante de la misma empresa, sin revelar la relación personal, y pudo visitar el inmueble y acreditar un nivel de solvencia equivalente. En este caso, el agente inmobiliario sí mostró su disposición a alquilarle la vivienda y se pudo probar que el criterio de la propiedad no se basaba en la solvencia ni en la indisponibilidad de la vivienda.

Los hechos tuvieron lugar a principios de 2020 y fueron denunciados por la víctima en la Oficina por la No Discriminación (OND) y fueron estudiados y analizados conjuntamente con la Unidad de Disciplina y Antiacoso del Instituto Municipal de la Vivienda y Rehabilitación (IMHAB), que ha desarrollado todo el proceso administrativo del expediente sancionador.

Durante toda la tramitación del expediente sancionador, la propiedad, formada por tres personas físicas, y la empresa comercializadora han podido presentar alegaciones y pruebas de que su comportamiento no fuera discriminatorio, desestimadas jurídicamente por la Unidad de Disciplina y Antiacoso municipal. 

Esta es la segunda vez que el Ayuntamiento de Barcelona sanciona un caso de discriminación en el acceso a la vivienda por razón de origen, si bien en el primer caso la falta era por un anuncio de un piso que se ofrecía solo a personas españolas. En el primer semestre de 2021, la OND ha abierto un total de 13 expedientes por situaciones donde se ha vulnerado el derecho a la vivienda, una cifra superior a los datos del mismo período de 2020, con 9 expedientes, y del 2019 , con 5. Asimismo, desde la OND se han trasladado 6 casos a la Oficina de Disciplina y Antiacoso del IMHAB que podrían ser constitutivos de infracción.

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