MULTAS A ATRESMEDIA POR INCUMPLIR EL CÓDIGO INFANTIL (594.000 EUROS) Y A MEDIASET POR PUBLICIDAD ENCUBIERTA (528.000 EUROS)

- La CNMC también expedienta a TVE por publicidad encubierta en 'La Mañana'. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto sendas multas a Atresmedia y a Mediaset de 594.102 y 528.373 euros, por incumplimiento del Código de Autorregulación Infantil en el canal Neox y por publicidad encubierta en ‘Sálvame Naranja’ (Telecinco), respectivamente.
La CNMC ha constatado que Neox vulneró el artículo 7 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA), al haber calificado la serie ‘Dos hombre y medio’ como “apta para todos los públicos” y haber emitido entre el 30 de junio y el 30 de octubre de 2015 327 capítulos de esta serie, 20 de ellos ocupando parte de la franja horaria de protección reforzada (que va desde las 17.00 a las 20.00 horas de lunes a viernes). Por ello, le impone una sanción de 484.852 euros.
El organismo supervisor también multa a Atresmedia con 109.250 por emitir en Neox la película 'American Playboy' el pasado 4 de noviembre de 2015 con la calificación de no recomendada para menores de 12 años en la franja horaria entre las 22.29 y las 00.09 horas. La comisión entiende que “la temática de la película, las imágenes de contenido sexual explícito y los contenidos relacionados con relaciones sexuales por interés económico merecen una calificación de '+16' o '+18'".
"MICROESPACIO"
En cuanto a Mediaset, la CNMC le ha sancionado por contravenir el artículo 18.2 de la LGCA, al haber emitido publicidad encubierta de productos relacionados con la salud en el programa de Telecinco ‘Sálvame Naranja’.
En concreto, durante la emisión del espacio los días 11 y 30 de junio de 2015, se difundió un microespacio de carácter divulgativo relacionado con la salud, denominado ‘Aprende a cuidarte’, protagonizado por el doctor Gutiérrez junto con el presentador del programa.
“En ningún momento de la emisión del microespacio se advirtió de su tratamiento como publicidad, ni apareció ninguna sobreimpresión en ese sentido”, subraya la CNMC, que ha concluido que “existe una clara vinculación entre los consejos impartidos en los microespacios de salud y las telepromociones, mediante fórmulas que reenvían de manera obvia a los productos promocionados posteriormente en el mismo programa”.
“Por tanto”, añade la resolución, “esta forma de presentación es susceptible de contribuir a generar una confusión o error al telespectador sobre la naturaleza y carácter del microespacio relativo a los consejos sobre la salud”.
El artículo 18.2 de la Ley LGCA, afirma que “está prohibida la comunicación comercial encubierta y la que utilice técnicas subliminales”.
Contra las dos resoluciones hechas públicas este jueves, Atresmedia y Mediaset podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en un plazo de dos meses.
“LA MAÑANA”
Por otra parte, la CNMC anunció este jueves que ha incoado un expediente sancionador a RTVE por el posible incumplimiento del artículo 18.2 de la LGCA al haber emitido publicidad encubierta en el programa ‘La Mañana’.
En concreto, durante la emisión del programa que presenta Mariló Montero el 29 de marzo de 2016, “se emitió sin identificación publicidad que se puede calificar como encubierta de una franquicia de gimnasios”.
En un reportaje del programa se habla de la salud y los beneficios del ejercicio físico mientras aparecen en pantalla imágenes del gimnasio mientras las clientas hacen ejercicio, con presentaciones reiteradas de la marca, tanto en la pared del propio gimnasio como en las camisetas, y varias sobreimpresiones en pantalla.
La CNMC aprecia la posible existencia de una finalidad publicitaria y promocional, con una posible incitación directa a la utilización de los servicios de este gimnasio .
El regulador recuerda que la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de seis meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

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