Indemnizaciones

¿Afectado por el cártel de coches? Requisitos para reclamar hasta 2.000 €

Diez millones de compradores de vehículos se han visto afectados por el cártel de fabricantes de coches que entre 2006 y 2013 tuvo como objetivo el intercambio de información "secreta, futura y estratégica". 

Fábrica de vehículos.
VOLVO CARS
  (Foto de ARCHIVO)
26/5/2021
Fábrica de vehículos.VOLVO CARS (Foto de ARCHIVO)26/5/2021
VOLVO CARS

Hasta diez millones de compradores de vehículos se han visto afectados por el cártel de fabricantes de automóviles que entre 2006 y 2013 tuvo como objetivo el intercambio de información "secreta, futura y estratégica". Así lo ha ido ratificando el Tribunal Supremo, última instancia, desde mediados de este año, una a una las multas millonarias impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Según esgrimen las asociaciones "estuvo ejerciendo presión en el sector de mercado de la automoción durante varios años. Las prácticas colusorias y la ocupación casi total de la cuota de mercado supuso un desequilibro de competencia importante, que se reflejaba en el encarecimiento de los precios". 

Tanto los fabricantes como los distribuidores comerciales acordaron la subida de precio, mediante el intercambio de información sensible de índole estratégica y comercial a fin de aumentar los precios de mercado. ¿Qué significó esto? Que muchas personas adquirieron un vehículo o hicieron uso de un servicio de posventa con un coste superior al normal. Ahora, tras un largo y tedioso proceso, los tribunales han acabado por dar la razón a los consumidores que pueden recuperar parte del dinero que invirtieron en su día y que puede rondar hasta el 10% y el 15% del precio de adquisición del vehículo. Con todo, las marcas acabarán desembolsando con un pronóstico moderado al menos 2.000 millones de euros, cantidad que supondría que solo uno de cada diez compradores reclamase 2.000 euros. 

Vale, pero... ¿Cómo pueden saber los compradores que se han visto afectados por el cártel? Antes de nada, es importante tener en cuenta que no todos los vehículos, ni todos los concesionarios fueron responsables de estos acuerdos ilegítimos, pero sí una gran mayoría. Además, las fechas -de 2006 a 2013- son una referencia, puesto que no todas las marcas participaron todo el tiempo en el cártel y no se les puede reclamar por los años que estuvieron ausentes. 

Por tanto, todo dependerá de las circunstancias concretas de cada caso. Aunque hay una serie de requisitos básicos que pueden ayudar a los clientes a destacar o seguir adelante con la reclamación de la indemnización: 

  • Haber tenido alguna transacción comercial, mediante la adquisición de un vehículo entre 2006 y 2013.
  • Haber hecho uso del servicio de posventa entre 2006 y 2013.
  • El distribuidor comercial al que acudí está en el listado de empresas sancionadas por el Comité Nacional de Mercados y Competencia. 

La mencionada lista es la siguiente: 

  • Automóviles Citroën España, S.A.: Citroën (Febrero 2006 - Julio 2013)
  • BMW Ibérica S.A.U: BMW (Junio 2008 - Agosto 2013)
  • BMW Ibérica S.A.U: Mini (Junio 2008 - Agosto 2013)
  • Chevrolet España S.A.: Chevrolet (Febrero 2006 - Agosto 2013)
  • Chrysler España S.L.: Chrysler, Jeep, Dodge (Abril 2008 - Julio 2010)
  • Fiat Group Automoviles Spain S.A.: Fiat, Alfa Romeo, Lancia (Febrero 2006 - Agosto 2013)
  • Fiat Group Automoviles Spain S.A.: Chrysler, Jeep, Dodge (Agosto 2010- Agosto 2013)
  • Ford España S.L.: Ford (Febrero 2006 - Julio 2013)
  • General Motors España S.L.U.: Opel (Febrero 2006 - Julio 2013)
  • General Motors España S.L.U.: Saab (Febrero 2006 - Diciembre 2009)
  • Honda Motor Europe Limited, sucursal en España: Honda (Abril 2009 - Agosto 2013)
  • Hyundai Motor España S.L.U.: Hyundai (Marzo 2010 - Agosto 2013)
  • Kia Motors Iberia S.L.: Kia (Marzo 2007 - Noviembre 2012)
  • Nissan Iberia S.A: Nissan (Junio 2008 - Agosto 2013)
  • Peugeot España S.A: Peugeot (Febrero 2006 - Julio 2013)
  • Renault España Comercial S.A.: Renault, Dacia (Febrero 2006 - Julio 2013)
  • Seat S.A: Seat (Febrero 2006 - Enero 2013)
  • Toyota España S.L.: Toyota (Febrero 2006 - Agosto 2013)
  • Toyota España S.L.: Lexus (Octubre 2007 - Agosto 2013)
  • Volkswagen Audi España S.A.: Audi, Skoda, Volkswagen (Octubre 2008 - Junio 2013)
  • Volvo Car España S.L.: Volvo (Marzo 2010 - Agosto 2013) 

Cómo obtener la indemnización

El proceso es sencillo, pero se necesitará una pericial además del argumento judicial facilitado por los tribunales en los últimos años, con sentencias, además de la del Supremo, que ratifican las indemnizaciones incluso sin el apoyo que facilita ahora la jurisprudencia del Alto Tribunal. Así, tal y como detallan las asociaciones, el procedimiento para solicitar la indemnización se inicia mediante la presentación de una reclamación. Será el abogado quien deba presentar la reclamación y de asegurarse que ningún documento necesario "queda en el olvido". 

Por su parte, el perito es el encargado de realizar la inspección técnica de la documentación de las transacciones comerciales entre el consumidor y el fabricante de coches. Será por tanto, el encargado de cuantificar el daño. 

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