La jurisprudencia clave

Guía para reclamar 2.000 euros o más al cártel de coches: coste, plazos y marcas

Hay 10 millones de afectados y si solo reclamase el 10%, la factura para las marcas llegaría a 2.000 millones. No todos los concesionarios participaron pero la demanda podría llegar a todos por efecto rebote.

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El plazo de reclamación termina en un año, pero algunos consideran que puede ser de 5.
Europa Press

Los compradores de hasta diez millones de vehículos entre 2006 y 2013 y de prácticamente de todas las marcas presentes en el mercado español podrán reclamar en los juzgados entre 2.000 y 9.000 euros a los concesionarios y a los fabricantes de sus coches por los sobrecostes generados por su pacto anticompetencia detectado en 2015. El Tribunal Supremo, última instancia, ha ido ratificando desde mediados de este año una a una las multas millonarias impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) hace seis años -ver resolución- a las principales marcas automovilísticas por crear un cártel para el intercambio de información "secreta, futura y estratégica".

Ha sido un proceso largo, pero finalmente los tribunales dan la razón a los consumidores, que pueden recuperar una parte del dinero invertido en la compra de su automóvil, que rondará entre el 10% y el 15% del precio de adquisición del vehículo, que es el porcentaje que estiman los expertos y peritos, como Frank Rodríguez Trouwborst, director general de Consultores Técnicos, una empresa radicada en Madrid que centra buena parte de su actividad en la elaboración de informes periciales, documentos técnicos, certificados y estudios. Rodríguez apunta que no solo los pequeños compradores que adquirieron sus vehículos entre 2006 y 2013 pueden reclamar, también pueden hacerlo los propietarios de grandes flotas de coches, taxistas, las empresas de VTC o de renting, que además se ahorrarían dinero a la hora de presentar informes periciales de forma conjunta.

Pero cómo reclamar esas cantidades en un proceso en el que las marcas acabarán desembolsando con un pronóstico moderado al menos 2.000 millones de euros, la cantidad que supondría que solo uno de cada diez compradores reclamase 2.000 euros. El proceso es sencillo, pero se necesitará una pericial además del argumento judicial facilitado por los tribunales en los últimos años, con sentencias, además de la del Supremo, que ratifican las indemnizaciones incluso sin el apoyo que facilita ahora la jurisprudencia del Alto Tribunal. La Información adelantó hace un mes el asunto y muchas de las claves, pero ahora nuevos referentes judiciales dan más bases para la reclamación efectiva.

Plataformas, bufetes, asociaciones y consultores están asumiendo cientos de demandas. Los costes, las condiciones y las actuaciones difieren de unas a otras

Ante unas indemnizaciones tan importantes, numerosas plataformas, bufetes de abogados, peritos y asociaciones de consumidores han puesto en marcha su maquinaria para presentar los recursos, la mayoría de forma colectiva. Las tarifas varían considerablemente, desde el 30% de las indemnizaciones -solo cobran si se gana- de la Agrupación de Afectados por el Cártel de los Coches (AACC), hasta las de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que esta trabajando en unas condiciones económicas ventajosas, que incluirán abogado, procurador y perito, para los afectados que deseen unirse a la acción judicial. Mientras contratar un abogado, un procurador y un perito supondría entre 500 y 1.000 euros, además de tasas y gastos extras. 

La OCU ha abierto una vía en su web, en la que ya están inscritas más de 6.000 personas, para iniciar el proceso y facilita herramientas para saber si el vehículo es uno de los afectados. En 2015 impulsó una acción judicial pionera en España contra la mayoría de empresas del mercado de distribución de automóviles en la que participaron 160.000 consumidores. Desde esta organización se asegura que no será necesario aportar documentación alguna que acredite la titularidad de los vehículos afectados ni la valoración del daño, desde Arriaga Asociados, otra de las plataformas jurídicas volcadas en el asunto, se apunta que la documentación mínima necesaria para reclamar sería la factura de adquisición del vehículo -si se compró- o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting, ficha técnica del vehículo, permiso de circulación del vehículo y poder general para pleitos.

Otro de los aspectos clave en la reclamación son los plazos, que en principio no juegan a favor de los consumidores afectados. El plazo de prescripción es de un año previsto en el artículo 1968 del Código Civil y, además, ya ha comenzado a contar a raíz de las últimas sentencias del Tribunal Supremo. Sin embargo, hay quienes piensan incluso que ese breve plazo puede ser interrumpido, por lo que la urgencia es determinante. Mientras, otros consideran que puede ser incluso de cinco años y hay dudas de cuándo empezaría a contar, si desde la resolución de la CNMC de 2015 o desde la confirmaciones del Supremo de este año. 

El 'cártel de coches' controlaba algo más del 90% del mercado distribución y comercialización. Hay 187 concesionarios afectados, según recogía la CNMC

El 'cártel de coches' controlaba algo más del 90% del mercado distribución y comercialización y prácticamente se vieron involucradas toda las marcas -Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo. Mazda también fue investigada, pero quedó absuelta-, además de dos consultoras.  Hay 187 concesionarios y la CNMC los detalló en su resolución del 28 de mayo de 2015.

Es importante tener en cuenta que no todos los vehículos ni todos los concesionarios fueron responsables de estos acuerdos ilegítimos, pero sí una gran mayoría, además de que las fechas de 2006 a 2013 son una referencia, puesto que no todas las marcas participaron todo el tiempo en el cártel y no se les puede reclamar por los años que estuvieron ausentes. También hay quien considera que las demandas se pueden extrapolar a todo el mercado automovilístico, ya que el pacto pudo forzar a marcas y concesionarios que no participaron a subir precios y perjudicar al consumidor.

Las prácticas llevadas a cabo por el cártel hicieron que disminuyera la competencia entre los distintos fabricantes de coches, lo que se tradujo en políticas comerciales menos agresivas y "en un menor esfuerzo a la hora de distinguirse de las otras empresas, por ejemplo, proporcionando a sus clientes servicios de más calidad", según reconoció la CNMC en su informe que apuntaba también que para los consumidores, flotistas o empresas de VTC, supuso, entre otras cosas, disfrutar de menores descuentos en la compra de sus vehículos y utilizar los servicios de postventa, reparación o mantenimiento.

Desde ese informe del organismo anticompetencia han sido numerosas las resoluciones y sentencias de todas las instancias sobre el caso. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ido ratificando en los últimos seis meses las multas millonarias impuestas por la CNMC a los principales fabricantes automovilísticos, también concesionarios y consultoras, y ya ha emitido 20 fallos sobre el asunto, el último contra General Motors el pasado septiembre -ver sentencia- . La Audiencia Nacional emitió durante diciembre de 2019 un total de 18 fallos, desestimando todos los recursos de 15 fabricantes de automóviles y de las dos consultoras implicadas y admitiendo solo uno, el de Mazda, que se libró de una multa de 650.000 euros.

La primera instancia también ha afrontado decisiones sobre este caso. Relevante y posible directriz para decisiones judiciales futuras es la del pasado abril, incluso antes de conocerse los desistimientos del Supremo a los recursos de las marcas, del Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, que falló a favor de un particular -ver sentencia- y condenó a un concesionario de Audi y Volkswagen a pagarle 2.000 euros por la compra de un vehículo en 2010, que le costó 25.000 euros. También la empresa fue condenada a pagar los intereses y las costas. En la sentencia se alegó que la conducta anticompetitiva de la marca, que intercambio información clave con otros fabricantes, había generado daños económicos al comprador.

De las sanciones quedó eximido el Grupo Volkswagen por facilitar información a la CNMC, evitando así el pago de cerca de 39 millones de euros, por lo que las multas que tendrán que afrontar finalmente las marcas condenadas sumarán en torno a 130 millones de euros. Sin embargo, también tendrá que hacer frente a la nueva vía judicial que se abre y a las reclamaciones de los compradores de sus marcas durante los años acotados.

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