Según los rendimientos netos

Soy autónomo: ¿cuántas veces puedo cambiar la base de cotización?

Los trabajadores por cuenta propia deben prever los rendimientos que obtendrán, que determinarán la base por la que deberán cotizar y determinará la cuota mensual que deben pagar. Estas son las veces que puedes cambiar la cantidad al año y cómo hacerlo.

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El límite de veces que puedes cambiar la base de cotización como autónomo
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Una de las responsabilidades de los trabajadores autónomos es el pago a la Seguridad Social a través de una cuota mensual. Se trata de un pago que deben realizar al sistema de forma obligatoria una vez se han dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y conllevará la cotización para tener derecho a las prestaciones contributivas igual que los trabajadores por cuenta ajena -prestación por jubilación, incapacidad...-. El importe de las cuotas depende de la base de cotización que el autónomo ha comunicado previamente: ¿Se puede cambiar el dato? ¿Cuántas veces al año se puede hacer? Resolvemos todas tus dudas.

Esta cuota se abonará cada mes –el último día- y en "cualquier entidad financiera autorizada para actuar como Oficina Recaudadora de la Seguridad Social”, según explica la propia entidad. No obstante, hay que tener en cuenta que, si el alta del trabajador se produce una vez comenzado el mes, el importe de la cuota es primer mes será proporcional a los días trabajados.

El importe de esta cuota dependerá de los rendimientos netos de cada autónomo, de acuerdo al nuevo sistema que entró en vigor este año. Y estos rendimientos se calcularán, según señala la Seguridad Social, “deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo”. Además, sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% -3% para los autónomos societarios-.

¿Cuántas veces al año puedo cambiar la base de cotización?

El resultado será la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente. No obstante, es posible que estos rendimientos sean variables o finalmente no sean acordes a la previsión del trabajador autónomo. En ese caso, es posible modificar la base de cotización. En concreto, hasta seis veces al año, pero con efectos en fechas concretas. Los efectos de los cambios tendrán lugar según las siguientes fechas:

  • 1 de marzo, si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo, si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio, si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre, si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre, si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente, si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Por tanto, en septiembre se aplicó el cambio solicitado en el periodo anterior y también está en vigor el nuevo periodo para solicitar el último cambio con efecto en las cuotas a abonar en 2023. En concreto, se aplicará en el mes de noviembre. Para quienes estén interesados, la solicitud de cambio de base puede realizarse a través del Portal de la Tesorería General de la Seguridad Social o en el Sistema RED si se dispone de un autorizado RED. Junto con la solicitud de cambio de base se deberán declarar los rendimientos netos mensuales esperados.

¿Cuándo se hace la regularización de cotizaciones?

Pese a los cambios, al final del ejercicio fiscal y, una vez conocidos los rendimientos netos anuales, se regularizarán las cotizaciones. Es decir, se devolverán o reclamarán cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.

La Seguridad Social cuenta con una calculadora de cuotas para autónomos a través del portal Importass. No obstante, señala que es una “simulación es informativa y la cuota a pagar se mostrará sin aplicar deducciones”. El simulador muestra la cuota mínima y máxima por cada tramo correspondiente. Además, se detalla el desglose de las cotizaciones y la base de cotización.

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