Pagos pendientes

Soy autónomo: ¿dónde puedo comprobar si debo cuotas a la Seguridad Social?

Los trabajadores autónomos deben permanecer atentos para realizar los pagos de sus cotizaciones a la Seguridad Social con las cuotas mensuales. Si tienes dudas de si estás al corriente de pago, puedes consultar un documento en el que se refleja la deuda. De ser así, podrás liquidarlo en el banco con un número de referencia.

Dinero pendiente de deudas
¿Cómo comprobar si tienes alguna deuda pendiente con la Seguridad Social?
©[22737298] a través de Pixabay

La Seguridad Social gestiona diferentes prestaciones a las que se tiene derecho en base a las cotizaciones de los trabajadores. De manera general, son pagos que son responsabilidad de la empresa. Deberá abonarlos en nombre del trabajador. Pero, por ejemplo, en el caso de los autónomos, ellos mismos son los responsables de los pagos a la Seguridad Social a través de la denominada cuota de autónomos que se abona de forma mensual. Si quieres saber si te encuentras al corriente de pago, esta es la forma de saberlo.

Los responsables de los pagos a la Seguridad Social es importante que cumplan con esta obligación para evitar acumular deudas y que se agravan con intereses por el retraso en los pagos. Para evitar esta situación y poder tomar alguna medida para gestionarlo, es posible comprobar si tenemos alguna deuda pendiente con la Seguridad Social. En concreto, a través del certificado de estar al corriente.

Este certificado está disponible para todos los ciudadanos que tienen asignado número de la Seguridad Social o de afiliación y es un documento gratuito que se puede solicitar en cualquier momento. Tras solicitarlo, el titular podrá comprobar si hay o no pagos pendientes. Además, si hay deudas, el titular puede obtener un segundo documento con un número de referencia, los periodos y los importes de la deuda. Igualmente, el titular podrá obtener certificados específicos para solicitar subvenciones, participar en los procesos de concesión de contratos del sector público y para el supuesto de contratas y subastas.

Todo ello, se puede realizar a través de la página web de la Seguridad Social, que permite acceder de cuatro formas diferentes. En concreto, será posible acceder con el certificado digital, a través del sistema Cl@ve o Cl@ve Permanente y solicitando acceso a través de un SMS. Serán los mismos sistemas de acceso si se quiere acceder al certificado de estar al corriente con la Seguridad Social como apoderado. Un apoderamiento es un acto administrativo por el que las personas interesadas pueden designar a otra persona, física o jurídica, para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones ante las Administraciones Públicas.

Cómo pagar las deudas con la Seguridad Social

Si el interesado constata que tiene alguna deuda pendiente con la Seguridad Social, es recomendable abonarla lo antes posible para evitar recargos. Este pago se podrá realizar a través de la propia Sede Electrónica con tarjeta. Es un servicio que permite el pago con tarjeta bancaria de débito o crédito de todas aquellas deudas con la Seguridad Social "en vía voluntaria no ingresadas en plazo reglamentario, las deudas en vía ejecutiva y las deudas que hayan sido objeto de reclamación de deuda".

En caso de no poder abonar en ese momento el importe pendiente, también se puede recurrir al aplazamiento de la deuda. Según señala la Seguridad Social, es un acto administrativo que solicita el deudor y mediante el cuál se autoriza el pago de las deudas fuera del plazo reglamentario de ingreso.

La solicitud del aplazamiento, se puede presentar en cualquier momento a partir del plazo reglamentario de ingreso de la deuda y hay un plazo de 10 días para subsanar errores o completar la solicitud desde que la Administración lo requiera. La Administración debe notificar la resolución de la solicitud en el plazo de 3 meses desde la recepción de la solicitud en el órgano competente para su tramitación. El período total de aplazamiento no podrá exceder de 5 años.

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