En Carrefour, Champions, Supersol , Supeco y Superdistribución

¿Cuánto ha subido Carrefour el sueldo en 2024 a su plantilla con el nuevo convenio?

Los empleados que trabajan en los centros del Grupo Supermercados Carrefour han iniciado el año con un aumento del 4,5% en su salario base, que parte de los 1.342,84 euros brutos al mes. Así queda la tabla salarial.

Carrefour
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El convenio colectivo firmado por Carrefour junto a CCOO y UGT en el que se establece el sueldo base de sus empleados, establece un incremento del 4,5%. En 2023 y por primera vez, el grupo se adhirió al convenio colectivo sectorial de referencia de Grandes Almacenes. La subida salarial se traduce en que los trabajadores cobrarán entre 53 y 85 euros brutos más cada mes, siempre con las pagas extras prorrateadas, es decir, en 12 mensualidades.

Este convenio finalizará el 31 de diciembre de 2026 y aplica a todos los centros de trabajo del Grupo Supermercados Carrefour (Supermercados Champion, SA; Grup Supeco-Maxor, SL; Supersol Spain, SLU y Superdistribución Ceuta, SLU). El aumento salarial entró en vigor el 1 de enero de 2024, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del convenio colectivo de aplicación, que recientemente se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

¿Cuánto dinero cobran los empleados de Carrefour en 2024?

El Grupo Supermercados Carrefour lo componen más de 10.000 empleados repartidos en las diferentes tiendas, centros logísticos, oficinas y demás puestos de trabajo. Con efectos 1 de enero de 2024, los sueldos base son los siguientes:

  • Grupo IV. Profesionales: 1.342,84 euros brutos al mes (53,83 € brutos más al mes).
  • ​Grupo III. Especialistas. 1.374,15 euros brutos al mes. (59,16 € brutos más al mes).
  • ​Grupo II. Técnicos y gestores. 1.479,10 euros brutos mes. (85,25 € brutos más al mes).
  • Grupo I. Mandos. No se especifica.

Además, en el convenio colectivo quedan reflejadas las cantidades que los empleados cobrarán por cada cuatro años trabajados en el Grupo Carrefour. Hasta el 31 de diciembre de 2024, la cantidad fija es de 150 euros anuales por cuatrienio cumplido. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, esas cifras aumentan. Comenzarán a abonarse desde el día primero del mes siguiente al de su cumplimiento y se van acumulando. Así, un empleado que tenga 12 años de experiencia en la empresa ganará casi 900 euros al año en concepto de cuatrienios, además de su sueldo.

  • Primer cuatrienio: 255,79 euros anuales.
  • ​Segundo cuatrienio: 225,98 euros anuales.
  • ​Tercer cuatrienio: 201,94 euros anuales.
  • ​Cuarto cuatrienio y sucesivos: 192,32 euros anuales

Los complementos salariales variables de Carrefour

Además, las personas trabajadoras podrán percibir dos complementos salariales variables. El primero afecta a todos los empleados del grupo, que podrán cobrarlo cuando la empresa alcance un incremento estipulado de la cifra de venta neta real en tiendas. El sueldo podría aumentar desde un 0,25% hasta un 1%. Además, hay otro complemento de hasta un 0,50% a nivel de tienda cuando se reduzca el porcentaje de absentismo respecto al año anterior o cuando mejore los datos generales de la compañía.

En el convenio colectivo también queda patente que el período de prueba es de entre 30 y 180 días para los contratos de duración determinada, dependiendo del grupo al que pertenezca el empleado. Si el contrato es indefinido, el periodo de prueba por defecto será de entre 90 y 180 días. Cuanto mayor es la responsabilidad, mayor es el plazo.

Respecto al personal que trabaje a jornada parcial, la compañía facilitará el aumento del número de horas frente a personal externo. En el convenio se indica que "en caso de aumento de plantilla, vacante a cubrir o necesidad organizativa, a igualdad de condiciones y aptitudes profesionales, las personas trabajadoras contratadas a tiempo parcial, tendrán preferencia sobre nuevas contrataciones para ampliar su contrato de jornada o pasar a jornada completa".

Entre las opciones laborales, Carrefour contempla la posibilidad de que ciertos perfiles puedan adherirse a la modalidad de teletrabajo, "que permite la realización de la actividad laboral fuera de las instalaciones de la empresa". Para poder adherirse a esta modalidad, "debe documentarse por escrito mediante un acuerdo individual de teletrabajo" y es revocable comunicándose por escrito con un mes de antelación. Además, "la publicación de las vacantes que requieran teletrabajo deberán indicarlo expresamente".

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