Prestación por desempleo

Estos son los únicos casos en los que el SEPE puede quitarte el paro a día de hoy

Si eres beneficiario de una prestación por desempleo, debes mantener activa tu búsqueda de empleo. Existen una serie de infracciones por las que el Servicio Publico de Empleo Estatal puede retirar el pago del dinero. Estos son todos los casos en los que puedes perder la ayuda.

Estos son los casos en los que el SEPE puede quitarte el paro hoy
Estos son los casos en los que el SEPE puede quitarte el paro hoy
Europa Press

Si te has quedado en situación de desempleo, puede solicitar al Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) el cobro del paro. Para poder cobrarlo, se deben cumplir con el periodo de cotización mínimo exigido. En concreto, deberán haber estado dados de alta en alguno de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos un año. Además, el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE) exige estar en situación legal de desempleo y estar disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada. Sin embargo, es posible que una vez concedida la prestación el SEPE dedica quitar esta prestación. ¿En qué casos sucede a día de hoy?

Cumpliendo las condiciones anteriores, el trabajador cobrará mensualmente el mismo importe que dependerá de la base reguladora que le corresponda al trabajador. Esta se calcula a partir de la media de las bases de cotización de los últimos 180 días cotizados. Finalmente, el importe diario que se percibe es el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 60% a partir del día 181 hasta el final de la misma.

La cuantía que corresponda se podrá cobrar durante al menos cuatro meses. Ese es el periodo mínimo para cobrar el paro para quienes hayan cotizado entre un año y un año y medio. No obstante, este periodo depende de las cotizaciones realizadas y el límite será de dos años para quienes tengan un periodo de cotización igual o superior a los seis años-. Una vez finalizado el plazo que corresponda en cada caso, la prestación se extinguirá.

Infracciones muy graves que dan lugar a la extinción del paro

Pero pese a tener derecho a la prestación por desempleo y empezar a cobrar el paro, es posible que se produzca antes la extinción si el beneficiario realiza algunas infracciones. En concreto, las infracciones consideradas como muy graves se sancionarán directamente con la extinción.

Se considera infracción muy grave cobrar de modo fraudulento una prestación. Esto es aportar datos y documentos falsos para cobrar desde cero o prolongar el cobro de una prestación. Lo mismo ocurrirá quienes perciban la prestación mientras estén trabajando por cuenta propia o ajena, salvo en el caso del trabajo a tiempo parcial.

Infracciones graves que dan lugar a la extinción del paro

En el caso de las infracciones graves, la extinción del paro se producirá cuando se sumen tres infracciones de este tipo – siempre que no hayan pasado más de 365 días entre infracciones-. La primera conllevará la pérdida de tres meses de prestaciones y la segunda, la pérdida de seis meses. No obstante, el SEPE avisa que se sancionará con la extinción de la prestación, el no comunicar, salvo causa justificada, las bajas en las prestaciones en el momento en que se produzcan estas situaciones, una infracción considerada grave.

También se incluye como infracción grave rechazar una oferta de empleo "adecuada" -tanto si es ofrecida por el SEPE como por las agencias de colocación- y negarse a participar en los trabajos de colaboración social o en programas de empleo, incluidos los de inserción profesional, o en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. En ambos casos, se podrá presentar una causa justificada para evitar la penalización.

¿Cuántas infracciones leves debo sumar para perder el paro?

Para las infracciones leves, la extinción es la sanción que se aplica cuando se suman cuatro infracciones en menos de un año. Para las anteriores se aplica la siguiente escala: pérdida de un de prestaciones para la primera infracción; tres meses, para la segunda; y seis meses para la tercera.

Entre las infracciones leves se incluye no presentarse a las citas con el SEPE o a las ofertas de trabajo para las que el beneficiario del paro haya solicitado. También se penaliza si no se facilita a los servicios públicos de empleo la información necesaria para poder recibir notificaciones y comunicaciones y no mantener la inscripción como demandante de empleo.

Mostrar comentarios