Prestaciones

Qué diferencias existen entre la incapacidad permanente y la absoluta

Los diferentes grados de incapacidad que contempla la Seguridad Social otorgan diferentes cantidades de dinero así como la duración de cada prestación. Estos son los requisitos para alcanzar cada una de estas ayudas económicas que se conceden en base a la enfermedad o accidente del trabajador.

Qué diferencias hay entre la incapacidad permanente y la absoluta
Qué diferencias existen entre la incapacidad permanente y la absoluta
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En España, la Seguridad Social contempla una prestación económica para aquellos trabajadores o profesionales que sufren una enfermedad o accidentes que les impide trabajar. Pese a que no existe un listado oficial de dolencias o patologías que otorgan esta pensión de forma autonómica, hay algunas de ellas que suelen recibir el "apto" por el tribunal médico que examina los expedientes. En función del grado de incapacidad concedido, el dinero a percibir puede ser más o menos. Desde la incapacidad permanente a la gran invalidez, las cuantías son diferentes.

En España existe diferentes grados de incapacidad y también de incapacidad permanente. Ésta puede ser parcial, total o absoluta y, por último, tener la consideración de gran invalidez si además necesita asistencia de otra persona para tareas básicas del día a día.

Según el grado de incapacidad permanente tendrás derecho a una u otra pensión, que puede ser contributiva o no contributiva según el tiempo que hayas cotizado a la Seguridad Social. Esta prestación sirve para cubrir la pérdida de ingresos cuando un trabajador ve reducida o anulada su capacidad laboral.

¿Qué se considera incapacidad permanente total?

La incapacidad permanente total es la que inhabilita al trabajador para realizar todas o las tareas fundamentales de su profesión habitual, pero no a realizar otro tipo de trabajos u oficios.

En otras palabras, que se puede seguir trabajando, aunque no de forma normal en su empleo habitual. La Seguridad Social entiende por profesión habitual la que venía realizando durante más de un año, salvo cuando la causa de la incapacidad es laboral. Es decir, cuando tienes un accidente laboral y no una enfermedad u otro tipo de accidente.

¿Qué se considera incapacidad permanente absoluta?

La incapacidad permanente absoluta va un paso más allá que la total. Se produce cuando el trabajador no puede realizar ningún trabajo de forma normal.

Una incapacidad permanente absoluta no es sinónimo de que no pueda hacer nada ni trabajar en nada. Simplemente indica que no puede hacerlo de forma normal porque, por ejemplo, tienes que recibir tratamiento a diario durante la jornada laboral o tienes que ausentarte dos días en semana. En esas condiciones, serán pocas las empresas dispuestas a contratarte.

Tanto para obtener la pensión de incapacidad total como la absoluta es necesario informes médicos que avalen esa condición. A partir de ahí, la Seguridad Social es quien debe reconocerla, aunque también se puede recurrir a la vía judicial si la administración no lo hace.

Diferencias en la pensión que cobrarás según el tipo de incapacidad

La naturaleza y alcance de la incapacidad no es la única diferencia entre la incapacidad total y absoluta. También cambia la pensión que recibirás en cada caso. De hecho, esta es la diferencia más importante desde un punto de vista práctico.

¿Cuánto se cobra de pensión por incapacidad en cada caso? En primer lugar, dependerá de si se trata de una pensión contributiva o no contributiva. La cuantía de la primera dependerá de la base reguladora, mientras que con la segunda se cobrará una cantidad fija y siempre menor.

Con la pensión por incapacidad permanente total el porcentaje a cobrar será el 55% de la base reguladora, que puede incrementarse en un 20% para mayores de 55 años.

Mientras, con la pensión por incapacidad permanente absoluta se cobra el 100% de la base regladora. Además, la pensión puede aumentar entre un 30% y un 50% cuando la lesión se produzca en el lugar de trabajo y este no cumpla con las medidas de previsión laboral necesarias.

También hay diferencias en los impuestos

Los impuestos también cambian según el tipo de pensión. Mientras la pensión de invalidez por incapacidad permanente total sí está sujeta al IRPF, la permanente total no lo está. Es decir, que la primera sí que tributa en la renta y la segunda, no.

¿Se puede perder la pensión por incapacidad?

La prestación por incapacidad no es definitiva. Se puede extinguir al revisar el grado de incapacidad a los dos años, que es el plazo de revisión más habitual.

Solo al alcanzar la edad de jubilación se dejarán de realizar revisiones para determinar si ha habido alguna mejoría.

También se puede revocar por trabajar en el mismo tipo de profesión que generó la incapacidad.

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