Tras declarar la Renta

Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero: qué ocurre si se pasa de plazos

El artículo 103 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece el 1 de enero del año siguiente como fecha límite para que se lleve a cabo la susodicha devolución.

Agencia Tributaria Hacienda AEAT
Agencia Tributaria Hacienda AEAT
CONTACTO vía Europa Press

Con la temporada de la declaración de la Renta, varias personas han aprovechado para entregar todos los documentos, en varios casos con resultados a su favor, con dinero a devolver. Sin embargo, esto no es un proceso automático, algunos de estos individuos puede empezar a sentir preocupación por la tardanza en la recepción de estas cantidades, aunque lo que señala la ley establece de forma clara los periodos en que tienen que cumplirse estas operaciones tan importantes.

Estas devoluciones no suelen tardar más de un mes, pero las oficinas de Hacienda cuentan con un plazo máximo de seis meses a partir del día en que termina el plazo de presentación de las declaraciones para realizar las devoluciones para poder realizarlas. El artículo 103 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece el 1 de enero del año siguiente como fecha límite para que se lleve a cabo la susodicha devolución.

Más de 6 meses

En los casos en los que transcurren estos seis meses y Hacienda todavía no ha devuelto la cuantía debida al ciudadano, este tendrá derecho a reclamar y recibir una cantidad de dinero extra bajo concepto de los intereses de demora como compensación económica por el retraso, siempre y cuando no se pueda imputar a este la responsabilidad y que Hacienda no lo haya informado de que tardará más de lo usual o de que requiere de más tiempo para realizar los trámites debidos.

De todas maneras, existe una circunstancia bajo la cual Hacienda puede demorarse mucho más con las devoluciones sin tener que enfrentar una penalización económica: si la cuantía a devolver supera los 4.000 euros. Estos casos requieren unos controles más exhaustivos de parte de los funcionarios, por lo que el interesado simplemente tendrá que esperar a que se lleven a cabo todas las comprobaciones necesarias.

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