Finanzas personales

¿Adiós a las multas por errores en la declaración de la Renta 2024?

El Tribunal Superior de Galicia da la razón al contribuyente y anula la sanción de Hacienda por un error no intencionado en la Renta. La sentencia no es vinculante, pero abre la puerta a cambios por parte del fisco.

La vicepresidenta cuarta y ministra de Hacienda, María Jesús Montero
¿Adiós a las sanciones por errores en la Renta 2024?
Agencia EFE

La mayoría de fallos al hacer la declaración de la Renta son fruto de errores no intencionados, como confirmar el borrador sin mirarlo o equivocarse con las deducciones por maternidad. Hasta ahora, todas estas equivocaciones eran sinónimo de sanción por parte de Hacienda.

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia puede terminar con esa práctica y eliminar las multas de Hacienda por errores en la renta. El TSJ gallego resolvió a favor del contribuyente su reclamación por una multa de Hacienda tras un error involuntario en el IRPF.

La sentencia le ahorró una sanción de 72.000 euros por errores en las declaraciones de 2014, 2015 y 2016. Según estima el tribunal, Hacienda no puede tratar cada fallo en la declaración como un intento de defraudar y debe tener en cuenta si había o no voluntariedad en la acción.

El Tribunal reconoce el derecho al error

La resolución vuelve a poner sobre la mesa lo que se conoce como el derecho al error, que establece la posibilidad de equivocarse y que no exista sanción si tampoco había mala intención y se actuó guiado por el desconocimiento.

Hacienda, por su parte, interpreta de forma más estricta la máxima del artículo 6.1 del Código Civil: “la ignorancia de las Leyes no excusa de su cumplimiento”.

Este derecho al error no es nuevo y ya en 2022 el Consejo para la Defensa del Contribuyente (CDC) propuso adoptarlo a través de la Propuesta 3/2022. Este derecho cristalizaría en un mecanismo para poder regularizar estos errores sin sanción por parte de Hacienda o con una sanción mínima.

En otras palabras, diferenciar entre los errores voluntarios y los involuntarios en la renta a la hora de establecer la sanción. Esto ya ocurre en cierta medida.

Poner datos incorrectos en la Renta supone una multa de 100 euros que aumenta a 150 euros por incluir datos a erróneos siempre que seas tú quien detecte el fallo y el resultado fuese a devolver. Si es Hacienda quien reclama, la multa será de 200 euros.

Mientras, si el resultado era a pagar o si con el cambio sale a pagar, tendrás que abonar esa cantidad más un recargo del 15% si la cantidad es inferior a 3.000 euros, además de una multa de 300 euros. El porcentaje de recargo se dispara hasta una horquilla entre el 50% y el 100% cuando el resultado sube de 3.000 euros.

Tampoco puede multar por interpretaciones razonables

Además, la sentencia del TSJG recuerda que Hacienda no puede imponer una sanción por sus circunstancias subjetivas si la interpretación que ha mantenido de la disposición, aunque errónea, pueda entenderse como razonable.

En otras palabras, que para sancionar hay que tener en cuenta si el fallo o la tesis que defiende el movimiento fiscal tiene su lógica y, por supuesto, no buscaba realizar ningún tipo de fraude.

¿Cambia algo la sentencia? ¿Se acabaron las multas de Hacienda?

La disposición del TSJG es solo un paso hacia el posible final de las sanciones por errores en la Renta. Lo cierto es que la sentencia no crea jurisprudencia. La Agencia Tributaria no tiene por qué cambiar su criterio respecto a las sanciones, salvo que cambie la ley o se pronuncie un tribunal superior y para ello Hacienda debería apelar.

Sin embargo, la sentencia sí que ha traído de vuelta el debate sobre el derecho al error por parte de los contribuyentes y también las sanciones que impone Hacienda.

Si Hacienda te multa por un error, y dispone de hasta cuatro años para hacerlo, no te quedaría más remedio que reclamar la multa ante el fisco primero y ante la justicia ordinaria, después.

Cuáles son los fallos más repetidos en el IRPF

Los errores más habituales al hacer la renta tienen que ver con fallos de interpretación, desconocimientos y dejadez por parte de los contribuyentes. Este es un resumen:

  • Aprobar el borrador sin revisarlo y que este contenga errores o falten datos clave.
  • No hacer la renta por pensar que no estabas obligado.
  • Olvidarse de incluir el paro porque pensabas que no contaba para la Renta.
  • Poner mal las deducciones por maternidad.
  • No incluir la segunda residencia, que tributa como una imputación de Renta inmobiliaria.
  • Hacer la renta con los hijos cuando la pareja o la expareja los ha incluido también.
  • Hacer la renta con los hijos cuando ellos la presentan por su cuenta.
  • No poner la pensión del extranjero.
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