Procedimientos de infracción activos

Fiscalidad, ruido, renovables... España tiene 113 expedientes abiertos en la UE

Es el país con más procedimientos sancionadores pendientes, por delante de Italia y Grecia. Hace un año fue condenada a pagar 89.000 euros diarios de multa por no trasponer la directiva de Protección de Datos.

El presidente del Gobierno ha fiado toda su estrategia económica a las ayudas concedidas por la Comisión Europea que preside Ursula von der Leyen
Impuestos, datos, renovables... España tiene 113 expedientes abiertos en la UE.
Moncloa

España tiene abiertos 113 procedimientos sancionadores en Bruselas,  fundamentalmente por no trasponer o hacerlo de forma inadecuada las directivas aprobadas por las instituciones comunitarias, que los países deben incorporar a sus leyes en unos plazos establecidos, generalmente dos años. Se convierte de esta forma en el país de la Unión Europea con más tareas legislativas pendientes, por delante de Grecia e Italia, y aunque las sanciones por estos incumplimientos tardan en llegar, las multas no son infrecuentes. En febrero del año pasado, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) imponía a España los dos tipos de sanciones previstos en el artículo 260.3 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, siendo condenada al pago de 15 millones de euros de euros y una multa diaria de 89.000 euros por no adoptar en tiempo la Directiva de protección de datos personales en el marco de la prevención y detección de infracciones penales. 

En aquella ocasión, España justificó que el retraso en la trasposición por el contexto político particular y por la necesidad de adoptar esa directiva mediante una ley orgánica, pero el Alto Tribunal europeo se mostró contundente asegurando que la legislación pretende contribuir a la consecución de un espacio de libertad, seguridad y justicia dentro de la Unión, al tiempo que establece un marco para la protección de los datos personales sólido y coherente con el fin de garantizar el respeto del derecho fundamental a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales. Y sentenció que" la falta o la insuficiencia, a escala nacional, de normas que garanticen el buen funcionamiento del espacio de libertad, seguridad y justicia dentro de la Unión deben considerarse especialmente graves habida cuenta de sus consecuencias para los intereses públicos y privados dentro de la Unión".

Este es uno de los procedimientos sancionadores que todavía está abierto, pero solo en lo que va de año se han incorporado ocho más, de los que tres tienen que ver con las fiscalidad y dos con el medio ambiente. Según los datos de la Comisión Europea, el pasado 27 de enero se incorporaron estos nuevos expedientes por no trasponer las directivas de evaluación del ruido y su impacto en la salud, la de armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol, la del utilización de plásticos de un solo uso o la 'directiva whistleblower', que busca dar seguridad jurídicas a los trabajadores y directivos que informen sobre asuntos irregulares o de corrupción en sus empresas o en las administraciones.

Junto a España, hay otros 18 países que todavía no ha adoptado esta directiva 'whistleblower', diseñada para proteger a los denunciantes de corrupción

Junto a España, hay otros 18 países que todavía no ha adoptado esta directiva, en un contexto en el que las empresas con más de 250 trabajadores deben adoptar las medidas contempladas en la legislación europea para protección de los denunciantes si quieren ser partícipes del fondo millonario de ayudas Covid. Ya han pasado siete semanas desde que se hizo obligatoria esta transposición para los 27 países y siete estados -Portugal, Malta, Lituania, Letonia, Chipre, Suecia y Dinamarca- han adoptado leyes de trasposición, mientras once ya han tramitado proyectos de ley y solo uno, Hungría, no ha iniciado procedimiento alguno.

La figura del 'whistleblower', un término inglés que se utiliza para referirse 'bobbies', la policía desarmada de Londres que hace sonar su silbato cuando presencian un delito, está implantada desde hace años en Reino Unido, Estados Unidos, Canadá o Francia e, incluso, el Rumanía, un país europeo que suspende en su lucha contra la corrupción, pero en el que los denunciantes anónimos tienen una protección especial. En España, todos los grandes casos de corrupción, desde los EREs de Andalucía, la Gürtel o el Palau de Barcelona, han tenido sus propios delatores, cuyas filtraciones y denuncias han servido para desmontar las tramas, cimentadas en el secreto y el riesgo profesional y personal que supone tirar de la manta de esos asuntos sin un blindaje jurídico.

El pasado 27 de enero, el TJUE daba otro varapalo a España, al considerar que había incumplido con sus obligaciones relativas al principio de libre circulación de capitales". El Alto Tribunal señalaba que el modelo 720 de Hacienda, por el que se gravan bienes y derechos situados en el extranjero "establece una diferencia de trato entre los residentes en España". Además, defendía que "esta obligación puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros". También advertía que las opciones elegidas en materia de prescripción son desproporcionadas atendiendo a esos objetivos, puesto que permiten a la Administración tributaria proceder sin limitación temporal a la regularización del impuesto adeudado por las cantidades correspondientes al valor de los bienes o derechos situados en el extranjero y no declarados, o declarados de manera imperfecta o extemporánea, mediante el modelo 720".

Otro de los expedientes sancionadores abiertos este año, como adelantó La Información, tiene que ver con el retraso en la aplicación de la ley que rige las normas de seguridad en la red de carreteras del Estado. La advertencia es el primer paso, pero la falta de 'interés' o las complicaciones para adaptar esta norma a la amplia legislación española, que en muchos casos también requiere la trasposición a la normativa autonómica, puede conducir a una denuncia en el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea que puede acabar, aunque no de forma inminente, en una dura sanción. 

En el caso de la normativa de Protección de Datos, el TJUE ya advirtió que "un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar un incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión como la falta de transposición de una directiva dentro del plazo fijado -sentencia de 4 de octubre de 2018, Comisión/España, C‑599/17, no publicada, EU:C:2018:813, apartado 23-". Un claro aviso de que la situación política o la complejidad legislativa no puede demorar las adaptaciones legislativas.

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