El Gobierno multa con 30.000 euros a petroleras por el vertido en Tarragona

  • El Consejo de Ministros ha acordado hoy multar con 30.000 euros, el máximo importe sancionable, a las compañías petroleras Repsol, CNW Oil España, Petroleum Oil & Gas España y Cepsa, por el vertido de crudo frente a la costa de Tarragona, una infracción considerada muy grave.

Madrid, 29 jul.- El Consejo de Ministros ha acordado hoy multar con 30.000 euros, el máximo importe sancionable, a las compañías petroleras Repsol, CNW Oil España, Petroleum Oil & Gas España y Cepsa, por el vertido de crudo frente a la costa de Tarragona, una infracción considerada muy grave.

El vertido de petróleo se produjo el 22 de diciembre de 2010, cerca de la plataforma petrolífera "Casablanca", titularidad de las cuatro compañías y ubicada a 43 kilómetros de la costa de Tarragona, lo que obligó a activar el Plan Nacional de Contingencias por Contaminación Marítima Accidental, que se desactivó dos días más tarde.

Los diversos informes que se analizaron sobre el vertido concluyeron que éste se había producido por una concatenación de fallos técnicos de elementos de seguridad y fallos humanos que suponen un incumplimiento de las políticas de seguridad.

Unas circunstancias que motivaron la incoación de un expediente sancionador por parte de la Dirección General de Política Energética y Minas.

Por ello, el procedimiento sancionador se basó en el incumplimiento por parte de estas empresas de las precauciones en prevención de daños o riesgos en las operaciones que puedan afectar a la seguridad de vidas humanas, la propiedad, reservas naturales, costas, lugares de interés turístico e instalaciones públicas.

Asimismo, se insistía en que los titulares debían instalar en todos los pozos equipos de superficie para mantener la seguridad del yacimiento, las personas y los bienes y evitar la contaminación del medio ambiente.

El 23 de marzo de 2011 se comunicó a las empresas el acuerdo, a las que se les concedió un plazo de 15 días para realizar alegaciones y aportar documentos, que finalmente no desvirtuaron las consideraciones contenidas en los informes técnicos incorporados al expediente y en la propuesta de resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

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