Madrid, 28 nov.- El FROB, el fondo público de rescate de la banca española, aumenta sus poderes y, a partir de ahora, podrá determinar qué medidas deben llevarse a cabo para mejorar la situación de algunos bancos o sociedades de inversión, e incluso determinar si son inviables.
El nuevo FROB tendrá un presidente ejecutivo y competencias sobre aquellas entidades financieras con unos activos inferiores a 30.000 millones, un 10 % del sistema, y que quedan fuera del Mecanismo Único de Supervisión (MUS) europeo, según el anteproyecto de ley aprobado hoy por el Consejo de Ministros.
Todas las entidades de crédito y empresas de servicios de inversión deberán elaborar, de forma preventiva, un plan de reestructuración que presentarán al Banco Central Europeo, al Banco de España o a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Además, tendrán que contar un plan de resolución por si es necesario rescatar la entidad y aquí tendrá un papel protagonista el nuevo FROB, que analizará si hay una solución de carácter privado para la entidad, debe sustituirse a sus administradores u otra opción más extrema.
A partir de ese momento, el FROB activará los instrumentos de resolución que considere y recapitalizará la entidad obligando a asumir pérdidas en primer lugar a los accionistas; si no fuera suficiente, recurrirá al fondo de resolución que el propio FROB gestiona y en último caso a los depósitos de más de 100.000 euros.
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