Escalada de precios

La factura de gas cambia a partir de este sábado por la rebaja del IVA del 21 al 5%

La Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural bajará un 7,2% de media a partir de este 1 de octubre, con respecto al valor vigente desde el mes de julio, según los cálculos del Ministerio de Transición Ecológica. 

Gas, cocina de gas, llamas, llama, fuego, fogón, fogones, gas natural, cerilla, cerillas Gas, cocina de gas, llamas, llama, fuego, fogón, fogones, gas natural (Foto de ARCHIVO) 30/5/2017
La factura de gas cambia a partir de este sábado por la rebaja del IVA del 21 al 5%. 
Europa Press

Cambios de calado en el recibo de gas. El encarecimiento de esta materia prima en los mercados internacionales, situación que se ha agravado en los últimos meses ha forzado al Gobierno a modificar el IVA de la factura de gas para mitigar el impacto en los hogares. En esten sentido, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico traslada a 'EP' que la Tarifa de Último Recurso (TUR) de gas natural bajará un 7,2% de media a partir de este 1 de octubre, con respecto al valor vigente desde el mes de julio, debido a la aprobación de la citada rebaja. Si no se hubiera aplicado la rebaja del IVA, la TUR media ponderada de gas natural hubiera crecido un 5,88% en la revisión trimestral del 1 de octubre.

En concreto, para un cliente medio TUR 1, con un consumo inferior o igual a 5.000 kilovatios hora (kWh) anuales, supone un descenso del 10,02% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 3,69%. Por su parte, para un cliente TUR 2, con un consumo superior a 5.000 kWh por año e inferior o igual 15.000 kWh por año, representa una caída del 7,74% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 6,32%. Para un cliente TUR 3, con un consumo superior a 15.000 kWh por año e inferior o igual a 50.000 kWh por año, supone un descenso del 6,61% en su factura anual con impuestos, mientras que sin la bajada del IVA se hubiera incrementado un 7,62%.

El Ministerio destaca que desde la entrada en vigor del RD Ley 17/2021 en octubre de 2021 se ha atenuado el impacto de los elevados precios del gas natural sobre los consumidores, con un ahorro para un cliente medio TUR 1 de 102 euros al año, de 308 euros al año para la TUR 2 y de 772 euros al año para uno de la TUR 3, con respecto al impacto de no haberse adoptado las medidas. La TUR es una tarifa a la que puede acogerse cualquier consumidor conectado a redes de gas natural con presión inferior o igual a 4 bar y cuyo consumo anual sea inferior o igual a los 50.000 kWh. Su valor se hace público en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en aplicación de la normativa vigente, mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.

La tarifa regulada de gas natural se revisa trimestralmente el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, produciéndose su actualización siempre que el coste de la materia prima incluido en dicha tarifa, experimente una variación al alza o a la baja superior al 2% respecto al coste de la materia prima de la tarifa en vigor o en cualquier caso cuando entren en vigor nuevos peajes o cánones. Esta bajada fiscal va en línea con la aprobada hace unos meses con la factura de la electricidad para hacer frente a la crisis energética y supondrá un ahorro de entre 5 y 20 euros para un usuario medio y un total de 200 millones en el conjunto del cuarto trimestre. 

Se recuperará la diferencia en futuras revisiones

No obstante, como resultado de la aprobación del Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, y de otras normas posteriores, el incremento del coste de la materia prima incluido en la TUR está limitado al 15% hasta la revisión del 1 de enero de 2023. La diferencia entre el coste de la materia prima calculado conforme la metodología de revisión de la TUR y el coste de la materia prima limitado temporalmente se recuperará en las sucesivas revisiones de la TUR, siempre que el incremento del coste de la materia prima sea inferior al 15%; para ello, se procederá a incrementar este valor hasta el límite máximo del 15%.

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